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Consejo de Estado tiene la última palabra sobre la Ley de garantías

La restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad

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29 de noviembre de 2021 a las 11:51 p. m.
Imagen de referencia. Pese a las alertas de varios congresistas, durante la aprobación del presupuesto general de la Nación de 2022 –que quedó en 350,4 billones de pesos– también se levantaron las restricciones impuestas hace 16 años con la Ley de garantías.
Imagen de referencia. Pese a las alertas de varios congresistas, durante la aprobación del presupuesto general de la Nación de 2022 –que quedó en 350,4 billones de pesos– también se levantaron las restricciones impuestas hace 16 años con la Ley de garantías. Foto: Mauricio Ochoa

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el fallo que frenaba el congelamiento de la llamada Ley de garantías durante el próximo año. Así que la última palabra sobre esta regulación la tendrá el Consejo de Estado.

En ese sentido, se ordenó “la remisión inmediata del expediente al Consejo de Estado ya que de la revisión y estudio del proceso allegado por correo electrónico se comprueba que en el asunto no se vinculó al señor presidente de la República, doctor Iván Duque Márquez”.

La polémica comenzó el pasado 19 de octubre, cuando el Senado de Colombia aprobó el cuestionado y criticado artículo 125 del Presupuesto General de la Nación para 2022 con 54 votos a favor y 30 en contra, a través del cual se modifica la Ley de garantías.

La propuesta, presentada por el Ministerio de Hacienda, pretende dejar sin efecto la prohibición de que los servidores públicos realicen convenios interadministrativos y de contratación directa a menos de cuatro meses de las elecciones presidenciales del próximo año.

   Pese a las alertas de varios congresistas, durante la aprobación del presupuesto general de la Nación de 2022 –que quedó en 350,4 billones de pesos– también se levantaron las restricciones impuestas hace 16 años con la ley de garantías.
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Según recogió el portal de noticias Infobae se determina que se violaron los derechos al debido proceso y a la igualdad en el trámite legislativo que modificó la Ley de garantías, “el cual fue objeto de votación en Senado y Cámara por desconocer el principio de objeto de reserva y afectar de manera grave los principios de imparcialidad e igualdad electoral”.

Según explicó el juzgado, la restricción solo estará vigente hasta que la Corte Constitucional conozca de la demanda de acción pública de inconstitucionalidad que adelantará el señor Miguel Ángel Bravo Gutiérrez (demandante).

Sin embargo, el mismo no ha estado exento de polémica. La semana pasada la Comisión de Disciplina Judicial abrió una investigación contra la decisión, provocando la reacción positiva del presidente Iván Duque, quien aseguró que se trata de “un hecho sin precedentes”.

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Otros líderes políticos también han tratado de frenar este proceso. El pasado 16 de noviembre, el senador Antonio Sanguino y el exsecretario de Transparencia de Juan Manuel Santos, Gabriel Cifuentes, quienes serán fórmula para el Congreso en 2022, presentaron ante la Corte Constitucional una acción para que pueda declarar la inconstitucionalidad del artículo que permitiría la contratación estatal de cara a las próximas elecciones.

Ambos demandantes explicaron que su propósito es prevenir los casos de mermelada que se pueden presentar. “Estamos acá radicando ante la Corte Constitucional una demanda para tumbar el adefesio de la Ley de Presupuesto que suspende la Ley de garantías. No vamos a permitir que abran el grifo de mermelada en época electoral”, dijo Cifuentes, en la Secretaría General de la Corte.

En la demanda radicada ante la Corte Constitucional argumentan que se desconoce el marco constitucional porque hacer el ajuste cerca a un periodo electoral podría generar los riesgos que la propia norma busca evitar. “Realizar modificaciones a menos de dos meses de un año electoral incrementa los riesgos del desvío de los recursos públicos hacia propósitos electorales”, aseguraron Sanguino y Cifuentes en la acción interpuesta.

Asimismo, sostienen que la Ley de garantías es una ley estatutaria que por tal motivo no podría haber sido modificada por medio de un proyecto de ley ordinario. Agregan que hacer este ajuste a través de la Ley de presupuesto del próximo año no era el mecanismo idóneo.

“La modificación de la Ley de garantías electorales no solo desequilibra aún más la cancha de la competencia electoral de la campaña que apenas comienza, sino que abre un enorme boquete de clientelismo y de corrupción con el Presupuesto General de la Nación en favor de las mayorías parlamentarias que llegan al Congreso a punta de clientelismo”, afirmó Sanguino.