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Presidente Gustavo Petro y el coronel Carlos Feria
Presidente Gustavo Petro y el coronel Carlos Feria | Foto: Foto Presidencia y foto redes sociales

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Coronel Feria citado a interrogatorio por la Justicia Penal Militar por polígrafo a Marelbys Meza. ¿Se viene choque de trenes?

El jefe de protección de la Presidencia de la República ya fue imputado por los delitos de peculado por uso, abuso de función pública y constreñimiento ilegal, que no aceptó.

Redacción Semana
14 de diciembre de 2023

Para este viernes a las 10:00 a. m., el coronel Carlos Alberto Feria, jefe de protección de la Presidencia de la República, fue citado a interrogatorio por la Justicia Penal Militar por la prueba de polígrafo a la que fue sometida en enero pasado Marelbys Meza, quien trabajaba como niñera en la casa de Laura Sarabia, entonces jefa del gabinete de Gustavo Petro.

La citación tiene relación con un conflicto de competencias presentado por la defensa del coronel Feria Buitrago ante la justicia militar y de policía. Esto pese a que el oficial de la Policía ya fue imputado por los delitos de peculado por uso, abuso de función pública y constreñimiento ilegal. Tras la pregunta de la jueza de control de garantías, el coronel Feria se declaró inocente.

En esa misma diligencia judicial, la jueza rechazó tajantemente la petición para que el caso pasara a conocimiento de la Justicia Penal Militar, advirtiendo que los hechos materia de investigación no eran “actos de servicio”, por lo que no podían cambiar de jurisdicción.

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Para la jueza, Marelbys Meza no era ni funcionaria pública ni contratista para que fuera sometida a esa prueba de polígrafo de esa forma. Igualmente, en ningún momento se puso de presente el riesgo para la sociedad con la pérdida del maletín con dinero que se extravió en el apartamento de Laura Sarabia.

“De entrada se puede advertir la vulneración al derecho a su intimidad”, advirtió la jueza en el análisis de la decisión. “Con todo respeto, pero es que acá es una extralimitación de funciones, ya toca esa vulneración a derechos fundamentales y es allí cuando según los criterios de la Corte Constitucional ya no habría nexos entre conducta delictiva y el servicio”.

En este sentido, cuestionó el “despliegue” en el que participaron activamente agentes de la Policía para llevar a Marelbys Meza de su casa, ubicada en el sur de Bogotá, hasta el centro con el fin de someterla a esta prueba para que contara dónde estaba el dinero extraviado. “No se evidencia que, nítidamente, supuestos comportamientos estuvieran relacionados con funciones constitucionales y legales, sino que, por el contrario, lo que se evidencia es que al parecer hay comportamientos que trastocan y transgreden esas funciones constitucionales y legales y, de paso, derechos fundamentales”.

Para la jueza, esto está muy lejos del uso legítimo de la fuerza. “¿El solo hecho que la señora (Marelbys) trabajara en esa casa ya legitimaba a la Policía? (...) No se entiende cómo la pérdida de un dinero en una casa puede llevar a todo este despliegue y logística de llevar a esta persona hasta un lugar donde al parecer funciona una sala de polígrafo y, al parecer, le quitaran su teléfono y, además, posteriormente, se lo arrebataran para extraerle información. ¿Será que la pérdida de dinero en una casa amerita toda esta situación?”.

En este caso, se señaló que el acto a seguir era poner en conocimiento a la autoridad competente, es decir, la Fiscalía General, para que adelantara las respectivas investigaciones. Por esta razón, consideró que, en efecto, se puede evidenciar una extralimitación de funciones por parte de los agentes de la Policía que realizaron el respectivo traslado hasta la sala de polígrafo y la realización de la mencionada prueba.

El hecho que Laura Sarabia fuera la jefa del gabinete de Gustavo Petro no justificaba que se actuara de esa forma. Para la funcionaria judicial, en este caso no se cumple ni uno solo de los requisitos que exige la ley para proceder con el traslado, casi que a la fuerza, de una persona para someterla a una prueba de polígrafo.

“En virtud de las funciones que tenían de salvaguardar, velar, proteger la integridad de altos funcionarios, ya sea el presidente, la vicepresidenta, que simplemente en virtud de esas funciones, se procedió con esta ciudadana así”, agregó la jueza de control de garantías.

En su complejo análisis, la funcionaria judicial indicó que actualmente, en este proceso, no se puede hablar de conflicto de competencia o jurisdicción.

“La Justicia Penal Militar no está reclamando la competencia; es más, no se sabe si la va a avocar porque está pendiente del análisis del señor fiscal. Se desconoce si es la competente o no”, aclaró la funcionaria judicial que ordenó continuar con la audiencia de imputación de cargos.