Hay nuevo revés contra Eduardo Montealegre, quien renunció en el mes de octubre de 2025 al Ministerio de Justicia del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
En las últimas horas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el Decreto 0647 del 13 de junio de 2025, donde la Presidencia de la República nombraba a Montealegre Lynett como ministro.

Esta decisión se dio luego de que se considerara que ese acto habría violado la cuota de género con infracciones de normas constitucionales y legales.
“El material probatorio obrante en los expedientes acumulados, de acuerdo con los decretos de nombramiento de los ministros, permite concluir que, para la fecha de expedición del decreto demandado, se nombraron 9 mujeres en el empleo de ministro, lo que alcanza un porcentaje del 47,36 %, es decir, por debajo del mínimo del 50 % requerido”, dice la Sala.

El decreto que nombró a Eduardo Montealegre como integrante del Gobierno nacional “contraviene” lo dispuesto en la Ley de cuotas, la cual estipula la participación obligatoria del 50 % de mujeres en cargos del máximo nivel de decisión en la administración pública.
“No se trata de que los nombramientos sean lo más cercano posible al 50 %, sino que este constituye de manera categórica el porcentaje mínimo a suplir”, detalló el Tribunal.
Con la llegada de Montealegre al gabinete ministerial, la participación de las mujeres quedó en el 47.4 % (9 de 19), mientras que la cuota de los hombres quedó en el 52.6 % (10 de 19), por lo que se considera que para cumplir con la cuota de género exigida, se necesitaría que por lo menos 10 de los 19 cargos fueran ocupados por mujeres.
Esto se suma a la demanda interpuesta por un ciudadano identificado como Juan Manuel López Molina en el Consejo de Estado, quien presentó con el recurso un medio de control de nulidad electoral contra Montegro poco después de haberse nombrado como ministro de Justicia.









