Para la Corte Suprema de Justicia, existió una serie de errores por parte de la Fiscalía General y de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena en el caso de dos personas que vendieron a una recién nacida en el municipio de Carmen de Bolívar.
Tras revisar la sentencia judicial, el alto tribunal enfatizó que, durante el desarrollo del proceso, no se aplicó un enfoque de género frente a la violencia física y psicológica que sufrió la madre por parte de su pareja sentimental y de una vecina, quienes fueron los encargados de planear la venta del bebé.

En la sentencia judicial se citaron las pruebas que indicaron que, tras asistir al parto en la vivienda, le quitaron el bebé a la madre para entregarlo “a cambio de algún tipo de precio o cualquier otra retribución”.
Por estos hechos, la Fiscalía les imputó el delito de tráfico de niños, niñas y adolescentes. Pese a la evidencia, en fallo de primera instancia fueron absueltos; situación que cambió tras revisar el recurso de apelación.

En la casación, el alto tribunal aseveró que, pese a que se había emitido un fallo condenatorio, el Tribunal de Bolívar no tuvo en cuenta la protección especial de los menores de edad y los convenios internacionales al reconocer a los condenados la rebaja de la pena por circunstancias de ignorancia y pobreza extrema.
En el fallo de segunda instancia, se les otorgó a los procesados una detención domiciliaria. Esto, pese a la gravedad de los hechos y la relación directa que tenían con la víctima.
La #SalaDeCasaciónPenal confirmó la condena contra el padre y una vecina por la venta de una recién nacida. Cuestionó la rebaja del 80% de la pena, y advirtió que no se aplicó enfoque de género frente a la violencia sufrida por la madre.
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) February 24, 2026
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“Ese desafortunado y laxo tratamiento punitivo que el tribunal les otorgó a los acusados, implicó una desproporcionada e injusta reducción de la pena respecto de un delito de superlativa gravedad”, enfatizó el fallo emitido en las últimas horas.
En la revisión del caso, se consideró que existió una constante vulneración de los derechos de la menor víctima y “de la confianza que el conglomerado social deposita sobre las autoridades judiciales, en quienes reside el mandato democrático de impartir justicia y sancionar con severidad los delitos que lesionan intereses superiores como es el caso de los niños, las niñas y los adolescentes, quienes gozan de una protección constitucional reforzada”.

Y es que para el alto tribunal no se garantizó la debida diligencia que “en casos de violencia contra la mujer, impone al Estado la obligación de prevenir, enfrentar y responder de manera efectiva a la violencia contra las mujeres, evitando su reproducción”.
Para la Corte Suprema de Justicia, desde el primer minuto, la Fiscalía contó con material probatorio suficiente para percatarse de que no solamente estaba ante unos hechos que tipificaban un tráfico de niños, niñas y adolescentes, “sino que también tenía ante sí la ejecución de conductas evidentemente atentatorias contra la vida e integridad física, libertad individual y libertad e integridad sexual (…) la mujer que dio a luz a la menor”.

Pese a que este material probatorio revelaba con claridad actos de violencia de género, “la Fiscalía los invisibilizó de manera absoluta”.
Para la Sala, existe prueba clara para concluir que la madre de la menor que fue vendida era una mujer posiblemente instrumentalizada para fines sexuales y reproductivos, que vivía en un escenario de sometimiento y abuso continuado por parte de su pareja sentimental y la vecina.
En el caso, hay información de que la mujer habría sido accedida carnalmente por su compañero, quien la sometía a “cursar embarazos sucesivos. Él, junto con Higinia Gutiérrez de Vargas, supuestamente la forzaban a parir en condiciones domésticas, sin atención médica ni garantías mínimas de asepsia y salubridad”.
Debido a esta situación, la Corte Suprema compulsó copias a la Fiscalía para que se investiguen los delitos de los que habría sido víctima la mamá de la menor de edad.
Igualmente, le pidió a todas las autoridades judiciales para que cumplan los deberes estatales de diligencia debida y aplicación del enfoque de género en los casos que involucren violencia contra la mujer por razón del género y solicitó a la Procuraduría una agencia especial del Ministerio Público para que conozca del caso.
