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La Corte Constitucional aseguró que el Consejo de Estado, al impedir que se conformara la Comisión de Disciplina Judicial, abrió la puerta para que Sanabria y Garzón se aferraran a la magistratura.

Justicia

La bochornosa historia de los “magistrados eternos”, Julia Emma Garzón y Pedro Sanabria

Ambos protagonizan un novelón. Tendrían que haber dejado la Judicatura hace cuatro años, pero se han aferrado a un enredo legal para no soltar el cargo. La Corte Suprema y la Constitucional tratan de sacarlos a sombrerazos y, posiblemente, también podrían requerir de la Fiscalía.

24 de octubre de 2020

¿Son o no magistrados? Eso se pregunta el país respecto a Pedro Alonso Sanabria y Julia Emma Garzón. Los dos, miembros de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura desde hace 12 años, están en el centro de una discusión debido al enfrentamiento que plantearon esta semana con la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Esa relación venía maltrecha desde hace un tiempo, pero rebosó la copa un fallo de tutela que tuvo a Sanabria como magistrado ponente, con el que se pretendía tumbar una decisión de la Sala Penal. El choque rompió los pocos lazos de cordialidad entre las corporaciones y configuró un veto sin precedentes en la rama contra los dos “magistrados eternos”.

Los hechos se remontan al 25 de septiembre de 2019. En esa fecha la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla negó un incidente para revocar las medidas cautelares que pesaban sobre un apartamento del extraditado jefe paramilitar Miguel Ángel Mejía, alias el Mellizo. Dos personas que aseguraban haber comprado el inmueble de buena fe apelaron la decisión y así llegó a conocimiento de la Sala Penal de la Corte. Esta ratificó lo decidido en primera instancia y los afectados optaron por interponer una acción de tutela contra la providencia. Aducían que les vulneraron sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.

Sufrirían nuevamente un traspié en el Consejo Seccional de la Judicatura, en donde sus reclamos no tuvieron acogida. No les quedaba otra opción que desistir o impugnar, y se la jugaron por la segunda. Agotaron su último cartucho cuando su caso aterrizó en la Sala Disciplinaria de la Judicatura y, sorpresivamente, consiguieron lo que tanto buscaban. Con ponencia de Pedro Alonso Sanabria, la Sala amparó los derechos y ordenó a la Corte Suprema cancelar las medidas cautelares tras concluir que estas constituían un “trato discriminatorio” y una “amenaza al derecho de propiedad” de los accionantes.

En una situación como esta, cuando un órgano judicial interviene en una decisión de otro mediante un fallo de tutela, la actuación se remite a la Corte Constitucional para una posible revisión y lo determinado en la tutela prevalece. Sin embargo, en esta oportunidad no sucedió y esa fue la primera de las varias particularidades de este caso. La Sala Penal de la Corte Suprema, cuando la notificaron de la decisión de la Sala Disciplinaria, en un auto breve pero punzante resolvió que el fallo que ordenaba entregar el apartamento a los reclamantes carecía de legitimidad. Y aún más. Los penalistas solicitaron a la Fiscalía General de la Nación investigar a los ciudadanos Sanabria y Garzón por los posibles delitos en que hayan podido incurrir al perpetuarse en su cargo y usurpar funciones públicas. Los nueve togados de la Sala Penal, con ponencia del magistrado José Francisco Acuña, suscribieron unánimemente la decisión.

La desconfianza alrededor de Sanabria y Garzón no es nueva ni exclusiva de la Sala Penal. Todo mundo en la rama judicial sabe que los magistrados tienen un periodo de ocho años, como dice la Constitución, y el de ellos acabó hace cuatro. Pero los “magistrados eternos” insisten en conservar el puesto al abrazar un enredo legal que tiene su origen en la reforma de equilibrio de poderes tramitada en el Congreso en 2015. En ese momento, el Legislativo acordó disolver la Sala Disciplinaria y crear su reemplazo: la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Sin embargo, el entonces presidente Juan Manuel Santos presentó las ternas de candidatos y los actos administrativos con los que abrió la convocatoria fueron demandados ante el Consejo de Estado. El Alto Tribunal anuló lo avanzado y afirmó que se necesitaba expedir una ley estatutaria para realizar la convocatoria. De esta manera, el final de Sala Disciplinaria quedó en veremos, y Sanabria y Garzón se han aferrado a eso para seguir ejerciendo, y devengando, como magistrados.

El asunto revivió a finales de agosto. La Corte Constitucional emitió un pronunciamiento que dejó sin piso la sentencia del Consejo de Estado, al que acusó de crear un “bloqueo institucional” con su decisión, y fijó como límite el fin de año para que la Comisión de Disciplina Judicial quede constituida. Igualmente, cuestionó la exigencia de una ley estatutaria que “favoreció que los periodos de algunos magistrados se extendieran más allá del término previsto constitucionalmente”. Era un mensaje con dos destinatarios: Sanabria y Garzón. “Toda ampliación del periodo de los magistrados de las Altas Cortes es inconstitucional”, concluyó el fallo.

Esa sentencia es el argumento fundamental de la providencia del magistrado Acuña y sus pares de la Sala Penal de la Corte Suprema al momento de señalar de inocua la decisión de la Sala Disciplinaria. En su criterio, Sanabria y Garzón son “exmagistrados”, y por tanto no hay forma de que el fallo de tutela que anuló las medidas cautelares sobre los bienes del Mellizo cumpliera los requisitos básicos de deliberación y decisión.

No obstante, Sanabria y Garzón también resultan tóxicos para sus compañeros. Los magistrados de la Sala Disciplinaria Magda Acosta y Camilo Montoya salvaron su voto, mientras que Carlos Cano se ausentó con excusa. Eso quiere decir que los cuatro magistrados restantes dieron el visto bueno de la ponencia. Pero en el entendido de que Sanabria y Garzón no ostentan ya esta posición, se deduce que cuenta solo con el aval de dos de ellos. “El proyecto, entonces, solo fue votado favorablemente por dos funcionarios, de manera que no alcanzó el número mínimo de cuatro votos para su aprobación y, por ende, para adquirir la naturaleza jurídica de sentencia”, dice el auto de la Sala Penal. Y renglones más adelante pide a la Fiscalía tomar cartas en el asunto.

En varias ocasiones, Sanabria y Garzón han advertido la situación anómala en que se encuentran. Pero a diferencia de los magistrados del país, que una vez concluyen su periodo se van, ellos han optado por elevar consultas. En 2016, a punto de completar sus ocho años reglamentarios, preguntaron a la Casa de Nariño cómo proceder, ya que aún no se había creado la Comisión de Disciplina Judicial. La secretaria jurídica de Presidencia en ese momento, Cristina Pardo, hoy magistrada de la Corte Constitucional, respondió que debían permanecer en sus labores hasta que tuvieran sus reemplazos. En el mismo sentido respondió el entonces presidente del Congreso, Mauricio Lizcano.

Pero obviamente esas respuestas eran provisionales y suponían que los relevos llegarían en cuestión de meses. Eso lo entendieron otros magistrados que sí dejaron la Sala Disciplinaria una vez terminó su periodo como María Lourdes Hernández. De unas semanas para acá, Sanabria y Garzón alegan que no se van porque el Congreso no les ha aceptado la renuncia. Se trata de otro argumento peregrino. La propia Corte Suprema, conformada por 23 magistrados, el año pasado entró en una situación sin precedentes cuando se trabó el mecanismo de nombramiento de los sucesores. Llegó a estar reducida a tan solo 15 togados. Fue un momento crítico; sin embargo, a ningún jurista se le ocurrió la vergüenza de quedarse un día más luego de cumplido el periodo.

Por todo eso, para muchos el compromiso radical de Sanabria y Garzón con el cargo tiene que ver más con el salario de casi 38 millones de pesos que reciben y los puestos de que disponen. Cada despacho tiene asignados tres magistrados auxiliares, tres auxiliares judiciales y un oficial mayor, además del personal de secretaría. También cuentan con una camioneta blindada y esquema de seguridad. Y a eso hay que sumarle la burocracia nacional de la que pueden participar y hasta controlar si ejercen la presidencia de la corporación. Ahí entran en juego los cargos de magistrados seccionales, los nombramientos en provisionalidad y la bolsa de empleados que laboran en las seccionales. Garzón fue presidenta en su periodo oficial y repitió una vez después de los ocho años, mientras que Sanabria ha sido tres veces presidente luego de terminado su periodo. La gran paradoja es que el problema está enquistado en la Sala Disciplinaria, es decir, en el órgano encargado de castigar a los abogados y empleados de la rama judicial que se pasan de vivos.