En un hecho sin precedentes que pone sobre la mesa el mal uso y el abuso de las reservas naturales del país por parte de la comunidad del resguardo indígena Munchique, del que forma parte Feliciano Valencia, y con la venia de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), la Corporación Autónoma Regional del Cauca (CRC) impuso una multa multimillonaria y reclamó la protección del predio La Esmeralda por este ecocidio.
La tesis según la cual las comunidades indígenas cuidan los territorios y velan por su conservación no se reflejó en este predio. Por el contrario, según pudo probar la CRC, la comunidad indígena Munchique devastó el terreno, lo loteó, afectó las fuentes hídricas, realizó quemas indiscriminadas e incluso acabó con especies nativas.
Según la sanción administrativa, contenida en la Resolución No. 794 del 15 de julio de 2026, se produjo un daño severo e irreversible sobre un ecosistema vital e invaluable. Por ello, la Agencia Nacional de Tierras deberá pagar más de 3.700 millones de pesos y el resguardo indígena Munchique 37 millones de pesos, como consecuencia de la afectación a esta importante reserva.

El predio no es un terreno cualquiera. Tiene una extensión superior a las 136 hectáreas y constituye, según la decisión, una pieza clave de la estructura ecológica del Cauca. Alberga un valioso bosque seco tropical, además de humedales y nacimientos de agua que alimentan los ríos Quilichao y Cauca.
El expediente de la CRC refleja que la ocupación del resguardo indígena Munchique derivó en “la apertura indiscriminada de vías, descapote del terreno mediante maquinaria pesada, parcelación informal para loteo de viviendas y quemas de tipo superficial que acabaron con especies nativas como el Gualanday, Cedro, Yarumo, Cucharo, Guadua y vegetación de regeneración natural”.
“Las actividades antrópicas identificadas al interior del predio, particularmente las quemas, rocerías e intervenciones sobre las coberturas vegetales presentes, habían generado una afectación ambiental calificada como ‘severa’, debido a la alteración de ecosistemas estratégicos de bosque seco tropical, humedales, vegetación protectora y demás recursos naturales asociados al área intervenida”, se lee en la decisión de la CRC.
Según la resolución, el territorio que debía ser protegido terminó siendo utilizado para “actividades de ocupación, construcción de viviendas, apertura de vías, movimientos de tierra, tala y quema de vegetación, sin que la ANT hubiera desplegado actuaciones efectivas y contundentes orientadas a impedir la degradación ambiental y a recuperar el control material del inmueble”.
En ese sentido, la decisión concluye que la ANT tiene responsabilidad en los hechos, al señalar que “la falta de protección del suelo no obedeció a la imposibilidad material de actuar, sino a la posición de garante que ostenta la ANT respecto de un bien de su propiedad sometido a un régimen especial de protección ambiental”.

La autoridad ambiental recordó que la ANT es la propietaria del inmueble y que no ha formalizado la entrega del predio al resguardo, por lo que mantiene la titularidad del dominio y la posición de garante sobre el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad.
Además, resaltó que las talas no correspondieron a cultivos agrícolas aislados, sino a la destrucción directa de una matriz boscosa protegida por el Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) de Santander de Quilichao.
