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Bogotá 27 de enero 2022
Foto Guillermo Torres / Semana
La Secretaría de Movilidad estima que 350.000 ciudadanos en Bogotá podrían beneficiarse y quedar al día. | Foto: Guillermo Torres

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Multas de tránsito: así se puede acceder a los descuentos para pago de sanciones

La Secretaría de Movilidad estima que 350.000 ciudadanos en Bogotá podrían beneficiarse y quedar al día.

3 de marzo de 2022

El Ministerio de Transporte recordó que los colombianos que tengan pendientes multas de tránsito por cancelar, podrán acogerse a uno de los beneficios estipulados en la Ley de Inversión Social que ofrece el pago con descuento y sin intereses. De acuerdo con el Sistema integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito (Simit), actualmente hay 3.961.448 que tienen deudas pendientes y no se han puesto al día con sus obligaciones.

“Este alivio, sin duda, será de gran ayuda para millones de colombianos que necesitan ponerse al día y que por una u otra razón no lo habían podido hacer. Es importante que consulten las condiciones y se acerquen a los organismos de tránsito para hacer la liquidación. Estamos comprometidos con la cultura de la legalidad, por eso, estrategias como estas respaldan este principio”, afirmó hace unos meses la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Pagar el 50 % del valor total sin intereses hasta el próximo 14 de mayo de 2022. Quienes se pongan al día entre mayo 2022 y septiembre de 2022 cancelarán sólo el 80 % del capital. “Es importante aclarar que estas condiciones especiales de pago no se aplicarán para las multas que hayan sido impuestas a ciudadanos por manejar en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas”, precisó la entidad.

Para el caso de las motocicletas, las opciones de pago serán las siguientes: Hasta el próximo 14 de marzo de 2022 cancelarán solo el 20 % del capital sin intereses; si lo hacen entre el 15 de marzo y 14 de mayo de 2022 pagarán el 40 % de la multa sin intereses moratorios; y entre el 15 de mayo y el 14 de septiembre de 2022 abonarán el 60 % del total estipulado según el tipo de infracción.

No obstante, desde el Distrito se dejó claro que son excluidas de estos beneficios las personas que tengan multas por conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.

La Alcaldía de Bogotá explicó que las personas pueden acceder a estos descuentos de manera virtual. Deben ingresar al sitio web www.movilidadbogota.gov.co, hacer clic en el botón Consulta de Comparendos y digitar el documento de identidad o placa del vehículo. De esa manera, accederán a la opción de pagos de las obligaciones vigentes.

Por último, pueden efectuar el pago a través de la plataforma PSE o en las sucursales bancarias de Banco de Occidente y Caja Social, así como en los puntos Éxito.

A la fecha, más de 25.000 deudores se han beneficiado de la amnistía amparada en la Ley de Inversión Social, según lo indicó el Distrito.

¿Cómo impugnar una multa de tránsito injusta ante las autoridades?

En 2020, la Corte Constitucional tomó una de las decisiones más aplaudidas, por los dueños de los carros particulares, sobre el sistema de fotomultas en Colombia. Al revisar un artículo de la Ley 1843 de 2017, los magistrados de este alto tribunal tumbaron la disposición que prácticamente achacaba la responsabilidad de una infracción de tránsito al dueño de un vehículo, incluso, si este no iba conduciendo.

Para ese entonces, el magistrado Alejandro Linares, ponente de la decisión, explicó que la aplicación de la norma que se practicaba antes resultaba ambigua y atentaba contra el principio de “personalidad de las sanciones”, es decir, que no se podía sancionar a quien no ha cometido una falta directamente. Además, no se distinguía entre obligaciones de pago u otros efectos, lo cual generaba múltiples interpretaciones. En este contexto, los dueños de los carros no necesariamente estarían obligados a responder por fotomultas que hayan cometido otras personas al haber usado su vehículo.

Ese fue uno de los pasos para empezar a revisar esta norma en el país, sin embargo, para impugnar un comparendo de este tipo, en caso de considerarlo injusto, el usuario estará en todo su derecho de hacerlo y solicitar la anulación de este. Esto quiere decir que no deberá pagarlo o de lo contrario se entenderá que esa penalidad fue aceptada.

Uno de los puntos que se debe tener en cuenta para que este tipo de infracciones puedan ser apeladas es que no cumplan con lo señalado en la ley 1843 de 2017, que encierra que la señalización de la vía no exista o tampoco haya, a un mínimo de 500 metros, alguna clase de anuncio; con esas bases usted podrá rebatir.

También debe fijarse en las limitaciones que deben tener las cámaras que hacen parte del sistema de fotocomparendo, las cuales son omitidas en dicha ley, debido a que, de acuerdo al fallo de la sentencia C-038 de 2020 de la Corte Suprema, las cámaras de tránsito que impartan este tipo de mulas tienen que identificar en su totalidad a los conductores, esto con el fin de que la infracción sea pagada por la persona que la cometió y no por el dueño del vehículo.