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'Ponte en las ruedas del otro', la campaña de Autogermana Colombia para que todos los actores viales tomen conciencia sobre la importancia de la seguridad vial
Para el servicio público de carga, el límite de velocidad en ningún caso podrá exceder los 80 kilómetros por hora. | Foto: Getty Images

POLÍTICA

Nuevos límites de velocidad y otras normas que cambian con el fin de garantizar la seguridad vial

Ley obliga a armonizar todas las regulaciones relacionadas con la seguridad vial vehicular de manera que sean consistentes con la normativa internacional.

17 de julio de 2022

El presidente Iván Duque sancionó en las últimas horas la denominada Ley Julián Esteban, una norma con la que se busca implementar una política de seguridad vial con enfoque de sistema seguro, para lo cual se hacen modificaciones a los límites de velocidad, cambios en la infraestructural vial, entre otros.

El articulado se centra en temas como la construcción de infraestructura segura, establecimiento de velocidades seguras según el entorno, adopción de normativa de vehículos seguros, creación de un registro de siniestros viales que incluyan lesionados y fallecidos, así como vehículos involucrados, y medidas que incentivan el cumplimiento de las normas de tránsito como las licencias de conducción por puntos.

“La velocidad en zonas escolares y en zonas residenciales será hasta de 30 kilómetros por hora”, agrega la norma.

También se establece que las patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina no podrán sobrepasar los 40 kilómetros por hora.

Frente a la velocidad en las carreteras nacionales y departamentales, “en ningún caso podrá sobrepasar los 90 kilómetros por hora. Para el caso de vías doble calzada que no contengan dentro de su diseño pasos peatonales, la velocidad máxima será de 120 kilómetros por hora”.

No obstante, para el servicio público de carga, el límite de velocidad en ningún caso podrá exceder los 80 kilómetros por hora.

La ley también plantea la obligación al Ministerio de Transporte, en conjunto con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, de unificar y armonizar todas las regulaciones relacionadas con la seguridad vial vehicular, de manera que sean consistentes con la normativa internacional.

Asimismo, en la construcción de nueva infraestructura vial se deberá prever los posibles desarrollos inmobiliarios o transformaciones de ocupación del suelo de corto, mediano y largo plazo que modifiquen los cambios en los patrones de tráfico en detrimento de la seguridad del flujo de modos y usuarios vulnerables de la vía.

La ley tiene por nombre Julián Esteban, en referencia al pequeño Julián Esteban Gómez, un fan de Egan Bernal que perdió la vida en un accidente ocurrido en la vía que comunica a Cajicá con Zipaquirá, donde fue arrollado por un camión mientras montaba bicicleta.

El pequeño Julián Esteban quedó en la memoria de los colombianos cuando el campeón del Tour de Francia apareció en varios medios de comunicación celebrando su triunfo, mientras el niño en Zipaquirá lloraba de felicidad ante las cámaras; incluso la alegría del menor fue retratada en el mural en homenaje a Egan Bernal en ese mismo municipio.

Varias organizaciones de ciclistas, periodistas deportivos y hasta sectores políticos lamentaron la muerte de Julián Esteban.

Según la matriz de colisiones, del total de fallecidos motociclistas, el 22 % (970) chocaron con un objeto fijo, lo que puede atribuirse, entre otras variables, a fallas al momento de maniobrar este tipo de vehículo. En esa línea, el 39 % (615) de los peatones murió por una causa asociada a un motociclista, mientras que el 27 % (98) de los ciclistas fallecieron al colisionar contra un vehículo de transporte individual.

En este punto, vale la pena precisar que durante 2021, 599 motociclistas perdieron la vida por exceso de velocidad, una de las 3 principales causas de siniestros viales en Colombia, junto al irrespeto a las señales de tránsito y la conducción bajo los efectos del alcohol.