El Gobierno colombiano emitió el Decreto 1368 de 2026 “por el cual se levanta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego y se dictan otras disposiciones”.
“Las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto Ley 2535 de 1993, modificado por el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006 adoptarán, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las medidas necesarias para levantar la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional. En consecuencia, deberá restablecerse la eficacia de los permisos individuales para el porte de armas de fuego que se encuentren vigentes y respecto de los cuales no exista suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, o cualquier otra circunstancia jurídica que impida su ejercicio”, se lee en el decreto.

“A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, los titulares de permisos de porte de armas de fuego vigentes no requerirán tramitar autorización especial adicional. Lo anterior no crea nuevos derechos, no autoriza el libre porte de armas de fuego, ni modifica los requisitos legales, condiciones, restricciones y controles previstos en el Decreto Ley 2535 de 1993 y demás normas aplicables”, agrega el documento.
“Los titulares de permisos para el porte de armas de fuego que, a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren vigentes y no estén sujetos a suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, podrán ejercer las facultades derivadas de dichos permisos. El ejercicio del porte estará circunscrito al arma o armas específicamente amparadas por el respectivo permiso y a las condiciones establecidas en el mismo”, indica el decreto.
“El porte de armas de fuego continuará sujeto a la existencia de un permiso vigente expedido por la autoridad militar competente, al arma específicamente amparada por dicho permiso y al cumplimiento de las condiciones, restricciones, obligaciones y demás requisitos establecidos en la Constitución Política, el Decreto Ley 2535 de 1993 y las demás disposiciones aplicables”, se lee.
Jaime Arizabaleta, congresista, se pronunció tras el anuncio del Gobierno De La Espriella sobre porte de armas. “Estoy muy contento porque el Gobierno de Abelardo De La Espriella va en la dirección correcta. Esto de levantar el permiso del porte de armas es una gran noticia para el país. El 99 % de los delitos se cometen con armamento ilegal y no hay mejor manera de detener a un hombre malo armado que con un hombre bueno armado”.
A su turno, el senador Hernán Cadavid señaló: “La noticia de reincorporar el porte legal de armas nos parece que tiene todo el sentido. No puede ser que los delincuentes transiten las calles de Colombia sin ningún control, mientras que una persona que se siente desprotegida no pueda tener un instrumento de defensa como un porte debidamente regulado. Estamos de acuerdo con esta decisión del Gobierno nacional. No se trata de una venta libre de armas, se trata del uso de un instrumento de defensa bajo el más estricto control estatal”.
A su turno, el representante a la Cámara por el Centro Democrático por Risaralda, Durguez Espinosa, recordó que el 6 de agosto pasado le envió una carta al presidente De La Espriella, solicitándole la derogatoria urgente del Decreto 1482 de 2025 que prorrogó la prohibición al porte legal de armas en Colombia.
Según dijo, 600.000 armas con salvoconducto quedaron fuera de circulación tras el proceso de paz de la administración del expresidente Juan Manuel Santos, frente a más de tres millones de armas en poder de la delincuencia. Manifestó, igualmente, que con la decisión del presidente de la República se recupera un terreno perdido en la defensa de los ciudadanos.
