Home

Nación

Artículo

gustavo petro Presidente de la república
Gustavo Petro, presidente de Colombia. | Foto: Presidencia

Nación

Presidente Petro reaccionó a la polémica y precisó que normas que penalizan comercializar drogas ilícitas siguen vigentes

El mandatario aclaró en qué consiste la derogación del decreto 1844 de 2018.

Redacción Nación
10 de diciembre de 2023

A través de su cuenta en X, el presidente Gustavo Petro advirtió que “todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”. Esto luego de que se encendiera una polémica tras la derogación del Decreto 1844 de 2018.

En tal virtud, el mandatario explicó los alcances del Decreto 2114 del 7 de diciembre de 2023, que deroga las sanciones de multa impuestas por el Gobierno anterior para el porte de dosis personal de droga.

“Al derogar las multas y el raqueteo que conlleva, la llevada al CAI y, en muchos casos, el golpe, la extorsión e incluso el abuso de mujeres cesan (...). Podemos hablar de paz al barrio”, expresó el jefe de Estado.

De acuerdo con el presidente Petro, derogar las multas al porte establecidas de manera inconstitucional hará que la herida abierta entre la juventud barrial y la policía local se pueda cerrar, porque el Estado deja de “ejercer una persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes; la mayoría no son consumidores”.

 Pese a que el presidente Gustavo Petro se quedó sin coalición, los partidos tradicionales ayudaron a aprobar el proyecto.
El presidente Gustavo Petro precisó que la normativa sigue vigente. | Foto: GUILLERMO TORRES

Según comentó el mandatario, en otros gobiernos “se construyó como enemigo interno a la juventud barrial, eso llevó al ajusticiamiento de miles de jóvenes y al estallido social respondido por el Estado con decenas de muertos y miles de detenidos, todos jóvenes”.

“Esa guerra contra la juventud ha terminado. La Policía debe lograr acabar las desconfianzas barriales con la juventud y centrarse en lo que la ley prohíbe. Capturar al capo, al lavador de dólares, y capturar a los delincuentes que azotan a la ciudadanía. La juventud del barrio no es el enemigo, es la nación futura”, puntualizó el presidente Petro.

Puntualmente, según expuso el Gobierno, la norma derogada permitía establecer una multa para el porte de dosis personal. | Foto: Daniel Reina

En otro mensaje de X, el jefe de Estado subrayó: “Ojo, no se deje engañar por los desinformadores. Lo único que ha hecho el Gobierno es derogar la multa por porte de dosis personal porque así lo indicaron las Cortes”.

“Todo lo demás continúa igual. La prohibición de consumo en lugares públicos lo debe establecer cada municipio. También esto es mandato de la Corte Constitucional, que acatamos y con la que estamos de acuerdo”.

Nuevo decreto ajusta la normativa a la jurisprudencia de las Cortes

El ministro de Defensa, Iván Velásquez, manifestó que el Decreto 2114 “solo pretende ajustar la normativa a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, desconocida por el Decreto 1844 del 2018 que ahora se deroga”.

A su vez, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, en un video publicado en X, reiteró que el Decreto 2114 “no elimina la prohibición de comercio, ni de tráfico ni de microtráfico, ni ningún comercio de drogas. Eso sigue severamente prohibido por la ley colombiana. No nos llamemos a engaños”.

Néstor Osuna, Ministro de Justicia, estuvo presente en la Conferencia Latinoamericana y del Caribe sobre Drogas. Cali 2023.
Néstor Osuna, ministro de Justicia. | Foto: Cancillería Nacional

“El decreto lo único que hace es derogar una sanción de multa que había puesto el Gobierno anterior para el porte de dosis personal. Ese Gobierno había extendido una prohibición de consumo que estaba en el Código Nacional de Policía para crear esa sanción administrativa para el porte. Después de eso, la Corte Constitucional, en varias sentencias, ha mencionado que el porte no se puede sancionar administrativamente. También, el Consejo de Estado, revisando ese decreto que estamos derogando ahora, manifestó que no se podía utilizar la figura de una sanción con multa para el porte, porque lo que está prohibido en Colombia es el comercio, el tráfico”, expuso el ministro Osuna.

“Por eso, estamos derogando esa norma que permitía establecer una multa para el porte de dosis personal”, enfatizó.