Los magistrados del Consejo de Estado suspendieron provisionalmente el decreto que expidió el Gobierno del presidente Gustavo Petro para eliminar la prima especial que tienen los congresistas de 18 millones de pesos, establecida en la Ley 4ª de 1992.
El decreto que expidió el Gobierno nacional estableció que quienes se vincularan al Congreso de la República, a partir del 20 de julio de este año, ya no recibirían la millonaria prima que regresa por esta decisión del Consejo de Estado.
Los magistrados de ese alto tribunal estudiaron ese caso después de que llegó una demanda que pedía la nulidad del decreto derogó la prima especial de 18 millones de pesos que volverán a recibir los legisladores en Colombia.
La demanda alegó que dicho decreto que firmó el presidente Petro habría afectado derechos adquiridos por funcionarios de la justicia, la Procuraduría, la Fiscalía, y la Defensoría del Pueblo, entre otras entidades que comparten el mismo régimen salarial y prestacional fijado en la ley de 1992.
📜Suspenden decreto que derogó prima especial para congresistas y otros servidores estatales
— Consejo de Estado (@consejodeestado) July 16, 2026
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Los magistrados de la Sección Segunda establecieron en su decisión: “La norma demandada impone una dualidad en el tratamiento jurídico que reciben dos tipos de funcionarios, pese a ocupar los mismos cargos y ejercer las mismas funciones: uno para quienes se vincularon al servicio antes del 20 de julio del 2026, que pueden seguir gozando del pago de la prima, y otro para los vinculados a partir de esa fecha, que ya no recibirán esa misma prestación económica”.
Para el Consejo de Estado esas diferencias desconocen las garantías de la ley que reconoce a todos los servidores de la rama Judicial. El abogado Sady Andrés Orjuela Bernal, autor de la demanda, reaccionó a la suspensión: “Hemos logrado una conquista más frente a los derechos laborales de los empleados del Estado colombiano”.

Los magistrados de la alta corte también indicaron en el documento que la ley establece que esos funcionarios deben recibir una remuneración justa, como los establece la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, y acorde con las funciones que desempeñan, así como la dignidad y la jerarquía de su cargo.
El fallo expuso sobre el decreto: “Esta situación va en contra del principio constitucional de que a igual trabajo, corresponde igual salario (artículos 13, 25 y 53 de la Constitución Política). Por estas razones, la sala de conjueces que resolvió esta medida cautelar encontró que se reúnen las condiciones fijadas (...) para decretar la suspensión provisional de acto administrativo demandado”.
Esta decisión generó varias reacciones políticas a favor y en contra sobre los suedos millonarios que volverán a recibir los congresistas con la prima especial de 18 millones de pesos que se reactivó por decisión del Consejo de Estado.
