Carmen Luisa Terán Suárez, jueza sexta de ejecución de penas de Barranquilla, ordenó la libertad condicional de Jorge Luis Alfonso López, alias Gatico, hijo de la fallecida Enilce López, alias la Gata, quien está condenado por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
La polémica jueza también le lleva —coincidencialmente— procesos al empresario condenado Carlos Mattos para que continúe pagando su condena desde casa.
En el auto hay un apartado de resuelve en el que se logra leer: “Conceder libertad condicional al JORGE LUIS ALFONSO LÓPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía de San Pedro – Sucre. Conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente proveído”.

Asimismo, la juez sostuvo que era necesario enviar un oficio al Inpec para la notificación de su decisión, que ha causado polémica en Barranquilla.
“Remitir copia de esta decisión a la Dirección del Establecimiento Penitenciario y Carcelario El Bosque, para que se anexe a la hoja de vida del interno y entregue un ejemplar a este”, dice el documento conocido por SEMANA.
La jueza indicó que aún no hay personas que se relacionen con Prins Velásquez para la reparación que debe realizar alias Gatico por el asesinato del periodista que lo estaba investigando.
“Como quiera que a la fecha no se conocen los herederos de la víctima señor Rafael Enrique Prins Velásquez (Q. E. P. D.), el despacho ordenará, por intermedio del centro de servicios administrativo de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad, realizar emplazamiento, de acuerdo con los términos señalados en el CGP, de los que se crean con derechos para recibir el pago de perjuicios morales, cancelados por el señor Jorge Luis Alfonso López, se inicien las acciones legales pertinentes para el pago del mismo”, precisa el auto emitido por el polémico juzgado.


Además, se conoció una de las razones principales por la que la juez lo dejó en libertad: “Se reconoce como tiempo cumplido de la pena hasta la fecha, entre privación de la libertad y redenciones en 229 meses y 18 días de prisión”.
Asimismo, indicó que lo que más se ajustaba a ello era una libertad condicional. “La más favorable para el estudio de libertad condicional del caso en concreto es la normatividad que se rige en la actualidad, es decir la estipulada en la Ley 1709 de 2014”.
