Nación

Ojo: este viernes, 17 de febrero, comienza a regir el pico y placa para vehículos particulares en Barranquilla

La medida estará vigente hasta el lunes 20 de febrero a las 6:00 de la mañana.

16 de febrero de 2023
Murió niña atropellada en calle 30.
Pico y placa en Barranquilla para particulares | Foto: Alcaldía de Barranquilla

Desde el próximo viernes, 17 de febrero, y hasta el lunes ,20 de febrero, regirá el pico y placa para vehículos particulares en toda Barranquilla. Aunque en la ciudad no existe ese tipo de medidas restrictivas, en esta ocasión las autoridades de tránsito decidieron implementarla en atención a los eventos que se desarrollarán durante las actividades de Carnaval.

La nueva disposición comenzará a regir desde las 2:00 hasta las 6:00 de la mañana, de la tarde de la siguiente manera:

Viernes 17 de febrero de 2023

Placas terminadas en 1 - 2 y 3: desde las 2:00 p. m. del viernes hasta las 6:00 a. m. del sábado.

Sábado 18 de febrero de 2023

Placas terminadas en 4 - 5 - 6 y 7: desde las 10:00 a. m. del sábado hasta las 6:00 a. m. del domingo.

Domingo 19 de febrero de 2023

Placas terminadas en 8 - 9 y 0: desde las 10:00 a. m. del domingo hasta las 6:00 a. m. del lunes.

Pico y placa en Barranquilla.
Pico y placa en Barranquilla. | Foto: A.P.I

Los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular portando y presentando el tiquete de los peaje ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de cuatro horas.

De acuerdo con lo establecido en la normativa, el conductor o propietario que incurra en la infracción codificada C.14, Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 522.940). Además, el vehículo será inmovilizado.

La medida estará vigente durante los días de Carnaval. | Foto: Archivo Particular

Excepciones

-Los que conforman la “caravana presidencial”.

-Los destinados para el uso y seguridad del Alcalde Mayor del Distrito de Barranquilla y Gobernador del Departamento del Atlántico.

-Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), utilizados para el transporte de sindicados y condenados.

-Las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.

-Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad.

-Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados.

-Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales.

-Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo Transmetro, debidamente identificados.

Creativo
La ambulancias se encuentran entre los vehículos que quedan exceptos de la medida. | Foto: Getty Images

-Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio.

-Los vehículos autorizados para el transporte de valores.

-Los coches fúnebres.

-Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado.

-Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres.

-Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.

– Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos.