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Mujer fue sacada con esposas de un centro comercial en Cartagena por exigir el pago de su liquidación.
Mujer fue sacada con esposas de un centro comercial en Cartagena por exigir el pago de su liquidación. | Foto: Captura de vídeo Autor Anónimo

NACIÓN

Sin liquidación ni seguridad social: esta es la historia de la mujer que fue sacada con esposas de un centro comercial en Cartagena

La mujer ha instaurado varias acciones de tutela contra la tienda de ropa Jon Sonen.

29 de noviembre de 2022

El pasado lunes 28 de noviembre, un terrible hecho de intolerancia y presunto abuso policial ocurrió en el centro comercial La Serrezuela.

Se trata de una mujer que acudió a la sede de una exclusiva tienda de ropa para hablar con el administrador para el pago de su liquidación, debido a que había trabajado allí en el año 2020 y hasta la fecha no ha recibido el incentivo.

Al parecer, la mujer identificada como Wendy Norelys Álvarez Sarmiento abrió un proceso legal contra la empresa Sonen International S.A.S., más conocida como Jon Sonen, donde un juez Laboral del Circuito de Cartagena ordenó a la multinacional responder las peticiones de la accionante.

No obstante, a la fecha, la entidad comercial aún no se ha pronunciado sobre las solicitudes de Norelys, por esta razón, en medio de un acto de desesperación en la búsqueda de respuestas, Álvarez Sarmiento se dirigió al almacén de ropa, donde fue sacada esposada por la fuerza pública, todo esto en presencia de sus hijos pequeños.

Mujer fue sacada con esposas de un centro comercial en Cartagena

Los hechos

Wendy Norelys Álvarez Sarmiento es una mujer de nacionalidad Venezolana, quien trabajó para la reconocida tienda de ropa Jon Sonen desde el pasado 17 de abril del 2019.

Según el relato de la afectada, mientras se encontraba trabajando en la empresa quedó en estado de embarazo, al realizarse su primer control médico se dio cuenta de que no estaba afiliada a EPS, ni seguridad social, esto ocurrió en el año 2019. Tras no contar con seguro médico, no podía asistir a citas de control, por esta razón Norelys solicitó a la empresa el pago de citas particulares.

Álvarez explicó que al quinto mes de embarazo se encontraba efectuando sus labores habituales en el lugar de trabajo cuando presentó las primeras contracciones. Inmediatamente, recibió primeros auxilios, quienes sugirieron ir a urgencias, ya que los síntomas representaban un peligro para ella y para el bebé.

A pesar del riesgo en que se encontraba, Wendy Norelys no pudo acercarse a ningún centro asistencial, pues no contaba con la seguridad social o el Sisben. Ante esta situación, decidió tomar acciones legales y se dirigió a la Defensoría del Pueblo, donde instauró una tutela cuyo fallo fue a su favor, en ese momento, Jon Sonen la afilió a la EPS.

Meses más tarde, luego del nacimiento del bebé, según la mujer, la empresa no realizo el pago de la licencia de maternidad, por esta razón instauró una nueva acción de tutela, y al momento de reincorporarse a sus labores, fue enviada a un periodo de vacaciones.

Nuevamente, al volver a su lugar de trabajo, se encuentra con que había sido trasladada a la ciudad de Yopal, Casanare. No obstante, Norelys no aceptó el traslado, por lo cual la empresa tomó la decisión de despedirla.

A pesar de justificar su negativa de traslado, fue citada a audiencia de descargo, y el día 20 de octubre fue despedida, sin que mediara una justa causa. Hasta la fecha, la empresa no le ha cancelado la liquidación, por lo cual decidió iniciar nuevamente un proceso legal en septiembre de 2022.

¿Qué dice el juez?

Según el dictamen del juez, la entidad demandada Sonen Internacional S.A.S. le adeuda a la actora 3 días de salario del mes de agosto, 30 días del mes de septiembre y 20 días del mes de octubre del año 2020, respectivamente; esto corresponde a la suma de $ 1.553.711.

Por lo cual, el juez también ordena a la empresa cancelar a la demandante las prestaciones sociales definitivas (cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicio) y vacaciones, desde el 1 de enero al 20 de octubre de 2020, en cuantía de $ 2.394.711; al igual que una indemnización establecida en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, en cuantía de $ 19.604.267.