El transporte público individual en el norte del Valle de Aburrá estrena marco legal para sus cobros. La Alcaldía de Bello, por medio de la Secretaría de Movilidad, expidió la Resolución 202600002883, mediante la cual se fijan las tarifas oficiales que regirán para el servicio de taxis durante el año 2026.

El secretario de Movilidad del municipio, Andrés Camilo Montoya Osorio, explicó que este ajuste se determinó bajo un análisis estrictamente técnico que evaluó el impacto de la inflación, el encarecimiento de los insumos vehiculares, entre otros factores.

Así quedó el esquema tarifario para 2026
La nueva estructura de precios para las carreras de taxi dentro y fuera del municipio se liquidará bajo los siguientes parámetros técnicos:
- Carrera mínima: $8.300
- Arranque o banderazo: $5.900
- Distancia de caída: Cada 82 metros
- Valor por caída: $200
- Tiempo de espera: 60 segundos
- Valor por minuto de espera: $300
- Hora contratada: $35.800
- Trayecto al Aeropuerto Internacional José María Córdova: $132.000
Plazo límite para calibrar taxímetros y sedes autorizadas
La administración municipal determinó el 15 de agosto de 2026 como la fecha límite definitiva para que los transportadores adecuen y calibren los taxímetros con los nuevos valores.
Para que la actualización tenga validez legal, los vehículos deberán pasar una revisión técnica en cualquiera de los cinco Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) expresamente autorizados por la Secretaría de Movilidad de Bello:
- CDA Diagnostimax: Diagonal 51 No. 42 – 92.
- CDA Bello: Diagonal 51 No. 42 – 128.
- CDA del Norte: Diagonal 50 No. 42 – 69.
- CDA Autos Obra 2000: Calle 56 No. 55 – 35.
- CDA Autos Machado: Diagonal 44 No. 30C – 44.
Sanciones y requisitos obligatorios de circulación
Una vez expire el plazo fijado en agosto, las autoridades de tránsito iniciarán operativos de control y de auditorías en las vías del municipio.
Los conductores que presten el servicio cobrando las nuevas tarifas sin haber realizado la calibración legal, o aquellos que dejen vencer los términos, se exponen a sanciones económicas.

Las multas estipuladas equivalen a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), de acuerdo con lo consagrado en el numeral 18 del literal C del artículo 131 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito).
Los vehículos que completen con éxito el proceso de revisión y porten las tarifas actualizadas de forma legal deberán exhibir de manera obligatoria la calcomanía oficial en la parte superior derecha del parabrisas delantero y mantener a la vista del pasajero la tarjeta de control respectiva.
