El pasado 30 de junio, Daniel Quintero, superintendente de Salud, comunicó que instauró una denuncia penal contra la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA), debido al presunto incumplimiento de una auditoría de la Superintendencia que, según él, la empresa habría obstruido.

Sin embargo, hoy se dio a conocer que el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Itagüí concedió una medida provisional para suspender temporalmente las labores de auditoría que estaba realizando la entidad dirigida por Quintero.
#EsNoticia | Juzgado ordena la suspensión de la auditoría que realizaba la @Supersalud en la Fábrica de Licores de Antioquia pic.twitter.com/NSrJmcY9sN
— Fábrica de Licores de Antioquia (@flaenlinea) July 3, 2026
Según el fallo judicial, la medida se adoptó debido a que la institución estimó que existía un “riesgo cierto e inminente de que se consolidara una posible afectación a los derechos fundamentales”.
Cabe recordar que la FLA había advertido sobre una presunta extralimitación de funciones por parte de la Superintendencia de Salud, argumentando que el organismo solicitó 77 documentos, varios de los cuales no tenían relación alguna con el objeto de la auditoría.
Por otro lado, la empresa antioqueña rechazó los señalamientos de la Supersalud en los que se afirmaba que la compañía no permitió la continuidad de la inspección. La licorera aclaró que dicha acusación no se ajusta a la realidad del proceso y que ha cumplido de forma diligente y respetuosa con los requerimientos del organismo de control.
Ante los hechos expuestos, la compañía decidió interponer una acción de tutela para que un juez determine el alcance real de la Superintendencia al ejercer sus funciones de inspección, vigilancia y control.
En respuesta a dicha acción, este viernes 3 de julio, el juzgado mencionado detuvo de manera cautelar la auditoría. El despacho ratificó que, de acuerdo con las circunstancias expuestas, se cumplen los presupuestos legales para adoptar esta medida preventiva, la cual busca evitar perjuicios irreparables mientras las autoridades estudian a fondo la controversia.

Antes de que se conociera este freno judicial, la Supersalud había recordado a la empresa que, según los artículos 6.°, 121 y 209 de la Constitución Política, todo servidor público o sujeto vigilado debe colaborar con las autoridades y atender oportunamente los requerimientos.
“La obstaculización del ejercicio legítimo de la función pública puede configurar el delito de obstrucción a la función pública (artículo 429-D del Código Penal), sancionado con pena privativa de la libertad de treinta y seis (36) a sesenta (60) meses, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias previstas en el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y de las investigaciones fiscales a que haya lugar”, había afirmado Quintero a través de su cuenta de X el pasado 30 de junio.
Denuncia penal a directivos de la FLA por obstrucción a las tareas de auditoría ordenadas por la Superintendencia
— Daniel Quintero 🇨🇴 (@QuinteroCalle) June 30, 2026
1. La Superintendencia Nacional de Salud promovió una denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación contra los directivos de la Fábrica de Licores y Alcoholes…
