Política

Primo de Paloma Valencia reconoce que devolvió terrenos baldíos en Vichada; la candidata preguntó por el tema ante el Gobierno Petro

En un comunicado, el familiar de la aspirante a la Casa de Nariño negó cualquier tipo de irregularidades en el proceso.

GoogleSiga las noticias del mundo de la política en Discover y acceda a contenido exclusivo

15 de mayo de 2026 a las 4:38 p. m.
Nicolás Laserna y predio Buenavista.
Nicolás Laserna y predio Buenavista. Foto: Suministrado a Semana

Nicolás Laserna, familiar de Paloma Valencia, emitió un comunicado dirigido a la opinión pública frente a la polémica que ventiló el Gobierno Petro con la adquisición de 6.000 hectáreas en Vichada que, después de su compra, fueron calificadas por la justicia como tierras baldías.

Laserna dijo que conoció a la candidata presidencial del Centro Democrático cuando ella tenía 25 años y que no tienen una relación cercana: “Primo de la madre de la candidata presidencial Paloma Valencia, quien no ha tenido relación ni incidencia alguna en la adquisición del predio Buenavista ni tampoco en las decisiones judiciales adoptadas por los jueces de la República”.

Sin embargo, Paloma Valencia indagó en el Gobierno Petro sobre el estado de la polémica con su pariente, según fuentes consultadas por SEMANA en la Agencia Nacional de Tierras.

Esta es la escandalosa historia del primo de Paloma Valencia que se apropió de más de 6.000 hectáreas de terrenos baldíos en Vichada

Laserna detalló que el predio lo adquirió mediante un contrato de compraventa en 2003 que celebró con Milciades Burgos, “colono del Vichada, quien había iniciado la posesión del inmueble desde el año 1976, ejerciéndola de buena fe, de manera quieta, pacífica, pública e ininterrumpida. La negociación fue realizada de manera libre y voluntaria, sin que existiera vicio alguno de consentimiento”. Cada hectárea la pagó a 80.000 pesos.

En abril de 2014, se presentó una demanda de declaración de pertenencia ante el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreño y este declaró la adquisición de dominio del inmueble por prescripción extraordinaria adquisitiva a favor de Laserna.

Cinco años después, la Agencia Nacional de Tierras promovió una acción de tutela contra esa decisión, “argumentando la necesidad de aplicar los criterios desarrollados por la Corte Constitucional en la sentencia T-488 de 2014, providencia que introdujo una interpretación distinta a la que venía sosteniendo una línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia en esa materia”.

Tanto el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio como la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia respaldaron a la Agencia Nacional de Tierras y consideraron que, con la nueva norma, los predios eran baldíos.

Gobierno Petro inicia ‘guerra’ contra el Congreso por tierras: senadores y representantes son acusados de supuesto acaparamiento. Ellos responden

Con todo este escenario, Nicolás Laserna comunicó: “Resulta indispensable precisar que las afirmaciones realizadas en algunos escenarios públicos y mediáticos, orientadas a presentar la adquisición del predio Buenavista como un comportamiento ilícito, irregular o contrario a la moralidad por parte de Nicolás Laserna Serna, desconocen abiertamente el contexto normativo y jurisprudencial vigente para la época en que ocurrieron los hechos y en que fue adoptada la decisión judicial que declaró la pertenencia del predio, conforme a la jurisprudencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia que estuvo vigente durante aproximadamente 80 años”.

Según su interpretación, esa línea jurisprudencial no presumía baldíos los predios explotados económicamente.

Él reconoció que, tras la decisión, la entrega de las hectáreas se hizo de manera voluntaria a la Agencia el 5 de mayo de 2026, “diligencia que fue aprovechada por servidores públicos con intereses políticos para publicar información inexacta y tergiversada. Fueron los jueces de la República de Colombia los que decidieron que el predio Buenavista retornara a su naturaleza de baldío y, por lo tanto, la decisión no fue proferida por los funcionarios de la Agencia Nacional de Tierras, quienes se limitaron, conforme a sus funciones a cumplir lo ordenado por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia”.