Política

Registraduría designó jurados de votación para las elecciones presidenciales; así puede consultar si fue elegido

La autoridad electoral designó a 850.871 personas para esa tarea. Los elegidos deben presentarse a una capacitación.

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12 de mayo de 2026 a las 1:13 p. m.
Los jurados de votación fueron designados mediante un sorteo.
Los jurados de votación fueron designados mediante un sorteo. Foto: Liliana Rincón

La Registraduría designó a 850.871 personas para que ejerzan como jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo. De ese grupo, 708.259 son principales y 142.612 son remanentes.

Los ciudadanos fueron elegidos mediante un sorteo público que se realizó durante la primera semana de mayo y los resultados de esa rifa deben ser consultados por cada persona en la página web de la autoridad electoral.

De ese grupo de jurados, 342.315 corresponden a empleados de empresas privadas, 223.942 a estudiantes, 125.381 a docentes, 123.536 a funcionarios públicos y 35.697 a simpatizantes de las organizaciones políticas que fueron postulados por estas agrupaciones.

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La información sobre quiénes fueron designados como jurados de votación puede consultarse en la aplicación aVotar. La plataforma está disponible en Google Play y App Store y su descarga es gratuita.

Además, esta también puede consultarse en la página web de la Registraduría Nacional (www.registraduria.gov.co). Al ingresar, las personas deben hacer clic en el botón Consulta jurado de votación y a través de ese portal se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación.

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“Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, detalló la Registraduría.

Sumado a esto, los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado pueden solicitar un día compensatorio de descanso remunerado por ejercer ese rol. Esa jornada de descanso puede hacerse efectiva dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.

Las entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas postularon un total de 2.372.773 personas para ejercer como jurados de votación.