El Ministerio de Salud expidió una nueva resolución con la que consolida en un solo marco normativo la regulación sobre la atención al final de la vida en Colombia.

Entre otras cosas, con esto se unifica y actualiza la regulación existente sobre el derecho fundamental a morir con dignidad. “Su expedición se da en cumplimiento estricto de las órdenes de la Corte Constitucional”, señaló.
La cartera aclaró que esta nueva regulación no crea nuevas categorías jurídicas ni modifica las condiciones de elegibilidad definidas por la Corte. En ese sentido, precisó que articula, precisa y operativiza las reglas existentes para su aplicación en el sistema de salud.
“La regulación mantiene el enfoque del derecho a morir con dignidad como un derecho que no se limita a la eutanasia, sino que contempla múltiples dimensiones”, explicó.

Entre estos se encuentran los cuidados paliativos, la adecuación de los esfuerzos terapéuticos (AET) y la eutanasia.
Asimismo, la resolución precisa que no existe una jerarquía u obligación de agotar una de estas opciones para acceder a otra.
Dentro de los aspectos claves para la implementación, la nueva normativa organiza los siguientes puntos:
- Unificación normativa: se consolida en un solo instrumento la regulación aplicable, eliminando la dispersión jurídica y estableciendo mayor claridad en los procedimientos.
- Cumplimiento de las órdenes de la Corte: la resolución desarrolla de manera sistemática los estándares fijados por la Corte Constitucional en materia de autonomía, consentimiento, sufrimiento y verificación de condiciones para el ejercicio del derecho.

- Sin cambios de fondo en el acceso: se mantienen los criterios de elegibilidad, así como el carácter voluntario, informado e inequívoco de la decisión del paciente.
- Condición de salud extrema: se presenta como un concepto integrador que se define como la situación clínica derivada de un diagnóstico comprobado, que se caracteriza por una alteración fisiopatológica grave, que compromete significativamente la vida del paciente, afectando el pronóstico y calidad de vida, la respuesta a tratamientos y la funcionalidad.
- Adecuación de los esfuerzos terapéuticos (AET): se integra a la regulación del derecho fundamental a morir con dignidad como una de sus dimensiones.
De igual manera, otro de los aspectos es la protección reforzada a poblaciones específicas. Por ejemplo, en el caso de los niños, niñas y adolescentes, se mantiene el enfoque de autonomía progresiva.
Se asegura que las personas con discapacidad puedan usar ayudas y ajustes razonables para expresar lo que quieren. También se incluyen apoyos para interpretar su voluntad, según las reglas establecidas por la Corte Constitucional.

También se mencionan las garantías de acceso, ya que el procedimiento de eutanasia sigue siendo gratuito y las EPS e IPS deben asegurar que el trámite se realice de manera rápida y sin obstáculos.
“La autonomía del paciente se mantiene como el eje central de toda la regulación. Se fortalecen herramientas como el consentimiento informado y los documentos de voluntad anticipada, y se establecen reglas más claras para los casos en los que la persona no puede expresar su voluntad y se regula la viabilidad del consentimiento sustituto“, manifestó la cartera.
Por último, el Ministerio de Salud reiteró que la nueva resolución no modifica el modelo existente, sino que lo consolida, ordena y actualiza conforme a las sentencias expedidas por la Corte Constitucional.
