Un proyecto de ley que avanza en el Congreso volvió a poner en el centro del debate a las plataformas de transporte por aplicación en Colombia. La iniciativa, impulsada desde el Ministerio de Transporte, no solo apunta a frenar la operación de servicios como Uber, Didi o Cabify, sino que amplía el foco de las sanciones a actores que hasta ahora no estaban en la mira, como los conjuntos residenciales y algunos espacios privados.
La propuesta, radicada el pasado 21 de enero de 2026, plantea declarar ilegal el transporte de pasajeros en vehículos particulares que operen mediante aplicaciones tecnológicas, sin embargo, uno de los puntos que más controversia ha generado es la posibilidad de imponer fuertes multas a quienes de manera directa o indirecta, permitan que estos vehículos operen o incluso se estacionen en sus instalaciones.
Multas millonarias para la propiedad horizontal
El articulado del proyecto establece que los administradores o responsables de conjuntos residenciales podrían ser sancionados si se considera que facilitan o toleran la prestación de este tipo de transporte.
Las multas contempladas alcanzarían hasta las 60.000 UVT, una cifra que en pesos colombianos supera los 720 millones.

En la práctica, esto significa que un conjunto residencial podría enfrentar una sanción económica considerable solo por permitir el ingreso o parqueo de un vehículo vinculado a una aplicación de movilidad.
Desde la Superintendencia de Transporte se respalda la iniciativa como parte de una reforma más amplia al régimen sancionatorio, cuyo objetivo es reforzar el control sobre el transporte informal en el país.

Un punto crítico del proyecto que genera rechazo
La propuesta legislativa que cuenta con más de un centenar de artículos y decenas de páginas, aún se encuentra en etapa de trámite. No obstante, el artículo que involucra a los conjuntos residenciales se ha convertido en uno de los más cuestionados.
Voceros del sector digital y de las plataformas han advertido que la sanción no recaería sobre el propietario del vehículo ni sobre el residente que solicita el servicio, sino sobre el conjunto o el lugar donde se permita la operación. Para algunos analistas, esto abre la puerta a conflictos administrativos y a una vigilancia difícil de aplicar en la vida cotidiana.
Desde Alianza In, gremio que agrupa a empresas de la economía digital, su presidente José Daniel López comentó en Blu Radio que:
“Esto lo dice el proyecto de ley del gobierno, que si directa o indirectamente se permite, promueve, ofrezcan, consientan la oferta, estacionamiento, prestación de servicios de transporte de lo que ellos llaman informales o ilegales, serán sancionados con la multa desde 1.000 y hasta 60 mil UVB es la “bobadita” de 726.000.000 de pesos para conjuntos residenciales que no se sumen a esta gran cacería de brujas contra el trabajo de la gente”.

Cifras del propio gremio indican que durante 2025 existían más de 12 millones de cuentas de conductores y alrededor de 21 millones de usuarios registrados en aplicaciones de movilidad.
De ese total, entre ocho y diez millones de colombianos las usarían de forma habitual, lo que evidencia el impacto social que tendría una medida de este tipo.
