VEHÍCULOS

Pico y placa para vehículos de carga en Bogotá durante septiembre de 2026: horarios y rotación

La Secretaría de Movilidad estableció el calendario que funcionará este mes.

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1 de septiembre de 2026 a las 12:52 p. m.
La restricción es para los vehículos de carga mayores a 20 años.
La restricción es para los vehículos de carga mayores a 20 años. Foto: Imagen tomada del portal de la Alcaldía de Bogotá

La Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Movilidad, dio a conocer el calendario que establece la restricción del pico y placa para los vehículos de carga en la capital durante el mes de septiembre de 2026.

Pico y placa en Bogotá: restricción para la semana del 31 de agosto al 6 de septiembre

La medida opera desde el 1 hasta el 30 de septiembre y aplica exclusivamente para los vehículos de carga mayores a 20 años. Esta normativa divide entre pares e impares, quienes deberán turnarse el permiso y la restricción de movilidad entre las 5 am y las 9 pm.

Pico y Placa en Bogotá y Medellín
La restricción de los vehículos particulares y taxis es totalmente diferente a la de los de carga. Foto: Getty Images

El calendario de estos vehículos es particular, pues a diferencia del pico y placa tradicional, el último número de su placa les habilita transitar un día de la semana. Es decir, de lunes a viernes, los vehículos de carga (mayores de 20 años), sin importar su placa, tienen prohibido transitar en Bogotá en los siguientes horarios:

  • Mañanas: De 6:00 a.m. a 8:00 a.m.
  • Tardes: De 5:00 p.m. a 8:00 p.m.

En el resto del día, todos los vehículos de carga pueden transitar en la ciudad. Igual que como sucede los domingos y festivos.

Calendario del pico y placa de los vehículos de carga en Bogotá para el mes de septiembre

  • Sábado 5 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas pares (0, 2, 4, 6 y 8).
  • Sábado 12 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas impares (1, 3, 5, 7 y 9).
  • Sábado 19 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas pares (0, 2, 4, 6 y 8).
  • Sábado 26 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas impares (1, 3, 5, 7 y 9).

La Secretaría de Movilidad estableció que los propietarios que incumplan esta restricción podrán ser multados con un comparendo que puede llegar a costar hasta 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que se traduciría en $875.452,50 pesos colombianos, junto con la posible inmovilización del vehículo.

Así, la Alcaldía reitera el llamado al sector logístico a planificar sus rutas con anticipación para evitar contratiempos en la operación comercial de la capital.

La Secretaría de Movilidad de Bogotá informó que continúa el análisis de la medida de pico y placa para los días sábados.
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