La Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría Distrital de Movilidad, dio a conocer el calendario que establece la restricción del pico y placa para los vehículos de carga en la capital durante el mes de septiembre de 2026.
La medida opera desde el 1 hasta el 30 de septiembre y aplica exclusivamente para los vehículos de carga mayores a 20 años. Esta normativa divide entre pares e impares, quienes deberán turnarse el permiso y la restricción de movilidad entre las 5 am y las 9 pm.

El calendario de estos vehículos es particular, pues a diferencia del pico y placa tradicional, el último número de su placa les habilita transitar un día de la semana. Es decir, de lunes a viernes, los vehículos de carga (mayores de 20 años), sin importar su placa, tienen prohibido transitar en Bogotá en los siguientes horarios:
- Mañanas: De 6:00 a.m. a 8:00 a.m.
- Tardes: De 5:00 p.m. a 8:00 p.m.
En el resto del día, todos los vehículos de carga pueden transitar en la ciudad. Igual que como sucede los domingos y festivos.
Calendario del pico y placa de los vehículos de carga en Bogotá para el mes de septiembre
- Sábado 5 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas pares (0, 2, 4, 6 y 8).
- Sábado 12 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas impares (1, 3, 5, 7 y 9).
- Sábado 19 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas pares (0, 2, 4, 6 y 8).
- Sábado 26 de septiembre: Autorizados los vehículos con placas impares (1, 3, 5, 7 y 9).
La Secretaría de Movilidad estableció que los propietarios que incumplan esta restricción podrán ser multados con un comparendo que puede llegar a costar hasta 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), lo que se traduciría en $875.452,50 pesos colombianos, junto con la posible inmovilización del vehículo.
Así, la Alcaldía reitera el llamado al sector logístico a planificar sus rutas con anticipación para evitar contratiempos en la operación comercial de la capital.

