Cada uno de los conductores que transita por las vías de Colombia tiene que obligatoriamente contar con un kit de prevención y seguridad, según lo establecido por el artículo 30 de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.

De no contar con alguno de los equipos requeridos por la ley, conlleva sanciones económicas como multas y comparendos que terminan afectando a los ciudadanos.
Es ante ello que varias entidades de movilidad informan sobre los elementos requeridos para evitar una sanción.
¿Cuáles son los equipos obligatorios que hay que tener dentro de un vehículo?
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de Manizales, cada vehículo que se moviliza por el país debe tener a su disposición los siguientes elementos:
- Un extintor que se encuentre en óptimas condiciones y que tenga una carga vigente.
- Dos señales reflectivas de triángulo que cuenten con un soporte estable o lámparas de señal de luz amarilla de destello o intermitentes.
- Un gato hidráulico o un mecánico funcional que permita elevar el vehículo para reparar o intercambiar una llanta.
- Dos tacos que bloqueen el vehículo.
- Una llanta de repuesto
- Herramienta o cruceta para desmontar los neumáticos
- Kit de primeros auxilios
- Linterna operativa para el automóvil
- Caja de herramienta básica que debe contener un alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.

Aunque la secretaría menciona que hoy en día hay varias alternativas modernas como llantas RunFlat, que tienen la capacidad de soportar el peso del carro tras un pinchazo, o kits de reparación que poseen una espuma sellante, lo ideal es no reemplazar estas opciones con el equipo obligatorio que pide la ley.
¿Qué ocurre si no están presentes estos equipos en el vehículo?
Durante los controles de seguridad vial, los agentes de tránsito podrán realizar inspecciones para rectificar que los vehículos tienen a la mano todos los requisitos necesarios para movilizarse por Colombia.
En caso de que el carro no lleve elementos vitales como el extintor, dará lugar a un comparendo tipo C.11: “No portar el equipo de prevención y seguridad establecido en este código o en la reglamentación correspondiente“. De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, el ciudadano recibirá una multa equivalente a los 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), es decir, a un valor aproximado de $875.453 pesos colombianos.
Recomendaciones para prevenir comparendos
Para evitar un futuro comparendo o multa por no portar el kit de carretera, se emite una serie de recomendaciones, entre ellas la revisión del extintor del vehículo, verificando que este se encuentre en óptimas condiciones.
Asimismo, se aconseja tener una linterna funcional acompañada de baterías nuevas; verificar que el gato y la cruceta estén operativos y completos; portar los tacos bloqueadores del carro junto con las señales reflectivas y la caja de herramientas básicas.
En caso de no tener una llanta de repuesto para una situación de pinchazo, el conductor debe contar con un mecanismo alternativo que funcione perfectamente.
