Elecciones 2022

Elecciones 2022: Los requisitos que hay para ser presidente de Colombia

En el artículo 191 de la Constitución Nacional están previstos estos requisitos.

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2 de junio de 2022 a las 12:31 p. m.
El nuevo mapa político que reflejen estos comicios será el punto de partida para la carrera definitiva por la Casa de Nariño. Se trata de un primer round, en el que se sabrá cuál es la fuerza electoral con más votos en Colombia y, finalmente, quiénes aparecerán en el tarjetón el próximo 29 de mayo, cuando los colombianos votarán la primera vuelta presidencial.
El nuevo mapa político que reflejen estos comicios será el punto de partida para la carrera definitiva por la Casa de Nariño. Se trata de un primer round, en el que se sabrá cuál es la fuerza electoral con más votos en Colombia y, finalmente, quiénes aparecerán en el tarjetón el próximo 29 de mayo, cuando los colombianos votarán la primera vuelta presidencial. Foto: guillermo torres reina-semana

El domingo 19 de junio los colombianos acudirán por tercera vez este año a las urnas para elegir, en segunda vuelta, el Presidente de la República que regirá los destinos del país hasta el 2026, para un periodo de cuatro años, de acuerdo con lo previsto por la Constitución Nacional.

La disputa será entre los candidatos Gustavo Petro, que alcanzó 8.527.768 (40.32 %) de los votos depositados el pasado domingo, y Rodolfo Hernández, que obtuvo 5.953.209 (28.15 %), de acuerdo con las cifras oficiales de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El artículo 190 de la Constitución Nacional, “el Presidente de la República será elegido para un período de cuatro años, por la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley”.

“Si ningún candidato obtiene dicha mayoría, se celebrará una nueva votación que tendrá lugar tres semanas más tarde, en la que solo participarán los dos candidatos que hubieren obtenido las más altas votaciones. Será declarado Presidente quien obtenga el mayor número de votos”, señala la Carta Magna.

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¿Qué pasaría si el voto en blanco gana en la segunda vuelta presidencial?

Situación que se presentará en menos de tres semanas, cuando se realice la segunda vuelta presidencial entre los candidatos más votados.

“En caso de muerte o incapacidad física permanente de alguno de los dos candidatos con mayoría de votos, su partido o movimiento político podrá inscribir un nuevo candidato para la segunda vuelta. Si no lo hace o si la falta obedece a otra causa, lo reemplazará quien hubiese obtenido la tercera votación; y así, en forma sucesiva y en orden descendente”, agrega la Constitución Nacional.

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Y añade que “si la falta se produjese con antelación menor a dos semanas de la segunda vuelta, ésta se aplazará por quince días”.

Entre tanto, el artículo 191 establece cuáles son los requisitos que se necesitan para que una persona pueda ser elegido como jefe de Estado.

“Para ser Presidente de la República se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años”, indica la norma.

El presidente electo tomará posesión el 7 de agosto y lo hará ante el Congreso, y prestará juramento en estos términos: “Juro a Dios y prometo al pueblo cumplir fielmente la Constitución y las leyes de Colombia”, de acuerdo con el artículo 192.

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Un total de 39.002.239 colombianos están habilitados para ejercer su derecho al voto en Colombia y en el exterior durante la segunda vuelta para presidente y vicepresidente de la república. Foto: Guillermo González

Así mismo, establece que “si por cualquier motivo el Presidente de la República no pudiere tomar posesión ante el Congreso, lo hará ante la Corte Suprema de Justicia o, en defecto de ésta, ante dos testigos”.

Finalmente, la Constitución Nacional establece los pasos a seguir en caso de ausencias temporales o definitivas del mandatario de los colombianos.

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“Son faltas absolutas del Presidente de la República, su muerte, su renuncia aceptada, la destitución decretada por sentencia, la incapacidad física permanente y el abandono del cargo, declarados estos dos últimos por el Senado”, señala el artículo 194.

Y agrega, “son faltas temporales la licencia y la enfermedad, de conformidad con el artículo precedente y la suspensión en el ejercicio del cargo decretada por el Senado, previa admisión pública de la acusación en el caso previsto en el numeral primero del artículo 175″.

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Ingrid Betancourt
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Alejandro Gaviria
Rodolfo Hernández
Federico Gutiérrez
Camilo Romero
Óscar Iván Zuluaga
Juan Manuel Galán


Vicky Davila
Andrés Mompotes
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¿Se puede obligar a Rodolfo Hernández a asistir a los debates presidenciales?

Colombianos habilitados para votar en la segunda vuelta

Entre tanto, La Registraduría Nacional del Estado civil informó que un total de 39.002.239 colombianos están habilitados para ejercer su derecho al voto en Colombia y en el exterior durante la segunda vuelta para presidente y vicepresidente de la república.

Del total de ciudadanos aptos para sufragar, 20.111.908 son mujeres y 18.890.331 son hombres, quienes podrán votar en 102.152 mesas, distribuidas en 12.513 puestos de votación.

En Colombia, 38.029.475 ciudadanos (19.582.821 mujeres y 18.446.654 hombres) podrán sufragar en 100.809 mesas de votación, que se instalarán en 12.263 puestos: 5.174 en el área urbana y 7.089 en el área rural.

En el exterior, 972.764 personas (529.087 mujeres y 443.677 hombres) están habilitadas para votar en 1.343 mesas, distribuidas en 250 puestos de votación de 67 países.