Habitante de calle
Habitante de calle tendrá que ser atentido por la EPS tras ganarle una tutela a la entidad | Foto: Getty Images

JUDICIAL

Habitante de calle tendrá que ser atentido por la EPS tras ganarle una tutela a la entidad

El joven de 20 años padece de una lesión medular severa conocida como trauma raquimedular, paraplejia y además tiene una úlcera glútea en una de sus piernas, como consecuencia de un disparo del que fue víctima hace tres años.

18 de febrero de 2021

Bajo la advertencia de que toda persona tiene derecho a recibir un diagnóstico de su situación médica, la Corte Constitucional exhortó a una EPS a que valore integralmente el estado de salud de un habitante de calle, según informó el alto tribunal en un comunicado.

De acuerdo con la Corte, a cada persona se le satisface su derecho con la realización de exámenes y la consecuente prescripción de tratamientos que se deben determinar “con el máximo grado de certeza permitido por la ciencia y la tecnología para aplicar el procedimiento médico más adecuado”.

El caso estudiado por el alto tribunal corresponde a John Moreno, un habitante de calle de Bogotá de aproximadamente 20 años que sufre de una lesión medular severa conocida como trauma raquimedular, paraplejia y una úlcera glútea en una de sus piernas, como consecuencia de un disparo del que fue víctima hace tres años.

El joven está vinculado al programa de atención a ciudadanos habitantes de calle del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud (IDIPRON). Asimismo, está afiliado a Capital Salud E.P.S. en el régimen subsidiado. Ante esto, la Corte también explicó que el habitante de calle sufre trastornos mentales y de comportamiento, producto del excesivo uso de las drogas.

Sobre el accionar de la EPS, la Corte Constitucional aseveró que “la EPS ha suministrado determinadas atenciones en salud al accionante, pero no se encontró que los planes de manejo de los diagnósticos hayan sido acompañados de las prescripciones médicas necesarias para determinar los servicios que requería el peticionario en el tratamiento de sus trastornos”.

Asimismo, la Corte señaló que “la ausencia de las órdenes médicas que especifiquen los procedimientos que se estimen pertinentes y adecuados para obtener una efectiva evaluación acerca del estado de salud del accionante de cara a garantizar su derecho a la rehabilitación física y a la salud mental violan su derecho al diagnóstico”.

Además, con ayuda de un abogado, el joven interpuso la tutela porque su EPS no le ha suministrado la silla de ruedas que necesita y otros insumos médicos que requiere para tratar sus enfermedades.

Esa silla se la ordenó el médico que lo acompañó en las cirugías por la herida de bala y tiene unas especificaciones: “silla de ruedas semideportiva con descanso de pies en u, espalda medio, no descansa antebrazo, rueda inflable antipinchazos, rueda pequeña delantera”.

Ante esto, en la ponencia de la magistrada Gloria Ortíz, se ordenó a esa EPS entregar la silla de ruedas y otros insumos médicos como “la órtesis, el caminador y la crema Colagenasa Iruxol para la úlcera”.

“En síntesis, la Sala concluye que la omisión en la determinación del tratamiento para atender los diagnósticos del accionante de paraplejia, trauma raquimedular y diversos trastornos mentales y de la personalidad comprometen la faceta diagnóstica de su rehabilitación integral y su salud mental. Por lo anterior, la Sala concederá el amparo definitivo de los derechos fundamentales del demandante y, en consecuencia, ordenará a Capital Salud E.P.S que, por medio de los profesionales médicos adscritos a su red de servicios, valore de forma integral las condiciones de salud del accionante, establezca el tratamiento adecuado para su rehabilitación física y sus trastornos mentales y de comportamiento”, agregó la Corte Constitucional.

En los últimos días, un nuevo caso de presunto abuso de autoridad se habría registrado este miércoles en la tarde en el norte de Cali, donde varios uniformados adelantaban un proceso de desalojo contra habitantes en condición de calle. Uno de los desalojados fue José Wílmer Rodríguez, un adulto mayor que desde hace ocho años vive en el separador vial cercano al cementerio Metropolitano del Norte.

De acuerdo con el testimonio del afectado, los policías lo golpearon en la cabeza, la frente y diferentes partes del cuerpo, situación que le ocasionó una incapacidad de 15 días después de la valoración médica.

La indignación tras la divulgación de estas imágenes creció rápidamente en la ciudad. El personero de Cali, Harold Cortés, se pronunció rechazando el hecho: “Tenemos un caso de presunto abuso, maltrato físico y verbal a un habitante de calle y adulto mayor por parte de unos miembros de la Policía Nacional. Acudimos y encontramos a don José maltratado con golpes en algunas de sus extremidades; inmediatamente activamos nuestra ruta y encontramos con sorpresa que don José había sido trasladado por parte de dos policías”, señaló el funcionario.