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Gracias a la ley de inversión social se han generado 274 mil nuevos puestos de trabajo. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Pilas: este jueves vence el plazo para postularse al incentivo de la generación de nuevos empleos

Si el empleador no alcanza a postularse, habrá una segunda convocatoria. ¿Cuáles son los requisitos?

24 de marzo de 2022

En 2021 el Gobierno lanzó una iniciativa con la que empleadores que crearan nuevas vacantes tendrían una ayuda económica. De acuerdo con cifras compartidas por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP), bajo la idea de la ley de inversión social más de 111.000 millones de pesos fueron entregados al cierre del año pasado.

Más de 14.000 empleadores fueron beneficiarios y para este 2022 el calendario del incentivo de la generación de nuevos empleos empezó el pasado jueves 17 de marzo y termina el 24 de marzo. Sin embargo, si los aspirantes no alcanzan a realizar la postulación en esta fecha, hay una segunda convocatoria que será del 19 al 26 de mayo.

Además de esto, se da a conocer que el porcentaje, en materia económica, que será otorgado durante este año, se ajusta al nuevo salario mínimo de un millón de pesos. Según el organismo de Gobierno, gracias a la ley de inversión social se han generado 274.000 nuevos puestos de trabajo.

De este modo, los seleccionados recibirán un 25 % de un salario mínimo por cada trabajador, el cual teniendo en cuenta el aumento de ingreso laboral, se dará $250.000 por cada joven contratado formalmente.

En cuanto a los empleadores que vinculan en nuevos puestos de trabajo a mujeres mayores de 28 años el aporte es del 15 %, lo que corresponde a $150.000.

Y para los hombres, la cifra porcentual es del 10 %, lo que equivale $100.000 por cada hombre adicional vinculado mayor de 28 años.

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Las postulaciones serán para las nóminas de enero y febrero del presente año sobre el salario mínimo del 2022. | Foto: Getty Images/iStockphoto

La UGPP menciona que los empleadores que pueden postularse al incentivo de generación de trabajo son:

  • Personas jurídicas.
  • Personas naturales con más de dos trabajadores en la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–.
  • Consorcios y uniones temporales.
  • Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta.
  • Cooperativas y preoperativas de trabajo asociado.
  • Establecimientos educativos no oficiales.

Requisitos para postularse

  • Haber vinculado trabajadores adicionales, de manera formal, frente a lo registrado en la Pila.
  • Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
  • Estar al día en el pago de salarios y aportes al sistema de la protección social en todos los trabajadores.
  • No tener una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50 % de su capital.
  • Si es persona natural empleadora, no puede ser una persona expuesta políticamente –PEP–.
  • Si es una cooperativa, debe estar registrada en la cámara de comercio de su domicilio principal.

En adición, para el proceso de selección se debe haber cumplido con la entrega de una serie de documentos, como:

  • Formulario de postulación, este debe estar diligenciado y firmado por el representante legal de la organización, persona natural empleadora, promotor o liquidador si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
  • Certificación firmada, con el respectivo nombre de la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público. Para ello, se debe señalar si los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior y están al día en el pago de aportes a seguridad social, además explicar si se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador.
  • Por último, copia del Registro Único Tributario (RUT) expedido dentro de los seis meses previos a la postulación.

Las dudas e inquietudes sobre el cronograma o el proceso de postulación podrán remitirse al correo electrónico: apoyojovenes@mintrabajo.gov.co