El ecosistema de las plataformas digitales en Colombia se encuentra en un punto de inflexión decisivo. Con el nuevo Gobierno se anticipa un giro en la política pública. Ante una agenda nacional que apunta a la libertad económica y al incentivo de la inversión extranjera, especialistas del derecho financiero y corporativo debaten cómo responderá el Estado ante el avance de las fintechs, los neobancos digitales y las aplicaciones de economía colaborativa.

Uno de los principales focos de atención radica en la incursión de entidades financieras de base tecnológica. Los abogados consultados coinciden en que el ordenamiento colombiano exige un proceso estrictamente dividido en dos fases para operar legalmente como establecimiento de crédito: la “autorización de constitución” y la “licencia de funcionamiento”.
En este escenario, firmas como Plata y Revolut muestran momentos de avance distintos. De un lado, Plata S. A. recorrió el camino completo: constituyéndose como compañía de financiamiento en 2025 y obteniendo su licencia de funcionamiento en julio de 2026, lo que la habilita plenamente para operar. De otra parte, Revolut obtuvo su autorización de constitución como banco el 6 de octubre de 2025 y avanza en la implementación de sus sistemas operativos, pero aún no puede atender al público general por estar a la espera del certificado final de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC).
Al respecto, Felipe Serrano, socio director de Serrano Martínez, precisa que el portafolio y el volumen de exigencia cambian según la figura elegida. “Las diferencias sustanciales entre un banco y una compañía de financiamiento se reducen al capital mínimo regulatorio y al portafolio autorizado: el banco exige un monto de capital sustancialmente mayor y cuenta con la facultad exclusiva de ofrecer cuentas corrientes”. Asimismo, recalca que el otorgamiento de crédito con recursos propios es una actividad no vigilada en Colombia, por lo que la licencia ante la Superfinanciera solo resulta obligatoria cuando existe captación masiva y habitual de recursos.

Tiempos y tecnología del supervisor
Frente a la capacidad de la normatividad actual para vigilar a neobancos sin sucursales físicas, la lectura jurídica presenta matices de contraste. Por un lado, Serrano asegura que “Colombia tiene una amplia regulación en materia financiera; de hecho, de alguna forma estamos sobrerregulados, así que no hay vacíos”, subrayando que el reto central es la educación financiera para que el usuario entienda que la banca digital tiene exactamente el mismo nivel de supervisión y exigencia prudencial que la tradicional. En un sentido equivalente, Roberto Borrás, socio de Garrigues, destaca que la regulación mediante decretos y circulares de la SFC ha evolucionado de forma activa, reconociendo las características de las entidades digitales.
No obstante, desde la perspectiva de la operatividad y la inteligencia artificial, se identifican cuellos de botella. Natalia Alarcón, de Posse Herrera Ruiz, sostiene que la velocidad regulatoria debe alinearse con la dinámica de la industria tecnológica: “La velocidad de un negocio basado en la tecnología se mide en días y horas; el reto es mantener los estándares prudenciales moviéndose con la eficiencia que requiere el mercado”.
¿Intervención o facilitación?
Los analistas de Garrigues, encabezados por David Toro, proyectan un panorama favorable para la libertad económica. “Esperamos un gobierno más afín en ese aspecto. Nuestra economía digital, hoy más que nunca, necesita dinamismos. Necesitamos dejar de poner trabas a los empresarios para que tengan la libertad de competir e innovar”.

El debate entre flexibilizar la carga sobre las plataformas o nivelar el terreno con la economía tradicional divide las visiones regulatorias. Para la firma Serrano Martínez, la presión de sectores como transporte y comercio no desaparecerá, por lo que prevén un equilibrio pragmático que proteja al consumidor sin ahogar la innovación con cargas tributarias severas.
En contraste, desde la perspectiva del libre mercado, David Toro, de Garrigues, argumenta que el enfoque debería ser la desregulación de las industrias tradicionales en lugar de encarecer a las aplicaciones. “Cargas anacrónicas y trabas que limitan injustificadamente la libertad económica pueden frenar el progreso. Pongamos un ejemplo: el debate de las plataformas de movilidad urbana. El problema no es la supuesta ventaja competitiva a la que se enfrentan los taxis regulados. El verdadero problema son los sobrecostos sin fundamento que tienen que asumir esos taxis”.
El dilema laboral en la gig economy
El debate en torno a las aplicaciones de reparto y transporte (como Rappi, Uber o DiDi) exige soluciones jurídicas que superen los esquemas del contrato de trabajo convencional. Los juristas concuerdan en que forzar la gig economy dentro del Código Sustantivo del Trabajo tradicional terminaría desincentivando una fuente crucial de ingresos.

De otro lado, Carolina Camacho, socia de Garrigues, señala que el marco normativo actual ya cuenta con un precedente clave en la Ley 2466 de 2025 para el trabajo en plataformas de reparto, el cual probablemente se extenderá a otros servicios de la economía colaborativa. Esta norma establece una dualidad: permite tanto contratos de trabajo subordinados como relaciones autónomas e independientes. En este último caso, “la norma estableció que, sin que se desnaturalice esta relación contractual, la plataforma digital de reparto deberá pagar el 60 por ciento del aporte a pensión y el 100 por ciento del aporte a riesgos laborales del trabajador independiente”.
En esa misma línea, Alarcón propone consolidar una figura intermedia que distinga la coordinación algorítmica de la subordinación clásica, acompañada de un esquema de seguridad social adaptado. “Microcotizaciones automáticas por transacción con una posible cofinanciación entre plataforma y participante aumentarían la formalización y el acceso efectivo de los participantes al sistema”.

La economía de las plataformas en Colombia avanza hacia una fase de madurez que exige seguridad jurídica, flexibilidad y adaptabilidad institucional. El gran desafío para las autoridades, encabezadas por el MinComercio y la Superfinanciera, radicará en agilizar las licencias y modernizar la supervisión algorítmica sin sofocar el desarrollo de los neobancos y las aplicaciones.
El futuro del sector dependerá de lograr un marco normativo que proteja al consumidor, amplíe la inclusión financiera y permita la formalización laboral flexible sin frenar la economía digital ni la competitividad.
