El presidente Gustavo Petro anunció el 29 de diciembre el aumento del salario mínimo que regirá en 2026 en 23,7 %, el cual será de $ 1.746.882 sin el auxilio de transporte y de $ 2.000.000 con el beneficio adicional.

El pago, que llegará a más de 2.4 millones de trabajadores, deberá ser aplicado desde el 1 de enero de 2026. Por lo tanto, las personas deben estar atentas al salario que recibirán al final del primer mes del año.
“El salario vital con auxilio de transporte, año 2026, que será el mínimo en Colombia, pero vital, es de 2 millones de pesos, con auxilio de transporte. Eso significa, en porcentajes, un promedio del 23,78 %”, señaló Petro.

En el caso de las personas que ganan el salario mínimo, el aumento debe realizarse de manera obligatoria por parte de sus empleadores o las empresas para las cuales prestan sus servicios.
Si una persona considera que le han vulnerado sus derechos, puede interponer diversos procesos ante las autoridades laborales del país.
Una persona con contrato vigente no puede recibir menos del salario mínimo ni dejar de recibir los pagos de salud y pensión por parte de su empleador.

A quiénes no les aplica el aumento del salario mínimo
La normativa que regula este aspecto laboral en el país establece que el aumento es obligatorio para los empleados formales que reciban un salario mínimo exacto. Sin embargo, existen ciertos casos específicos que podrían influir en la aplicación de esta medida.
El primer grupo exento del aumento obligatorio está compuesto por los empleados que ganan más de un salario mínimo. En estos casos, la legislación no obliga a los empleadores a aplicar el mismo porcentaje de aumento que se da en el ajuste anual. Cualquier incremento adicional dependerá de acuerdos contractuales, políticas internas de la empresa o negociaciones colectivas.

Además, las personas que trabajan bajo la modalidad de contratos por prestación de servicios también quedan excluidas del aumento directo del salario mínimo. Por otro lado, los empleados deben conocer el monto que devengan y saber si, por ley, tienen derecho al aumento o si, por el contrario, la decisión recae en su empleador.
