El decreto con el que el Gobierno nacional fijó el salario mínimo legal mensual para este año ya llegó al Consejo de Estado. Una demanda de nulidad simple solicita que el alto tribunal suspenda de manera provisional el Decreto 1469 de 2025, al considerar que su expedición habría desconocido los parámetros legales y constitucionales que regulan el aumento anual del salario mínimo en Colombia.
La acción fue presentada ante la Sección Segunda del Consejo de Estado y busca que se anule el artículo primero del decreto, mediante el cual el Gobierno estableció el salario mínimo en 1.705.905 pesos.

Según la demanda, ese incremento —equivalente a un aumento del 23 % frente al salario mínimo de 2025— no estaría debidamente motivado y no cumpliría con los criterios exigidos por la ley.
La demandante es Heimy Blanco Navarro, quien interpuso una acción de nulidad simple contra la Nación, representada por la Presidencia de la República, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
En el escrito se solicita, además, la suspensión provisional inmediata del decreto mientras el Consejo de Estado estudia de fondo la legalidad del acto administrativo.
De acuerdo con el documento, el Gobierno hizo uso de la facultad subsidiaria que le otorga la Ley 278 de 1996 para fijar el salario mínimo cuando no se alcanza un acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

Sin embargo, la demanda sostiene que esa facultad no es discrecional ni arbitraria, sino que debe ejercerse con base en parámetros específicos que deben ser ponderados de manera integral y con el mismo nivel de incidencia.
La ley establece que, en ausencia de consenso, el Gobierno debe tener en cuenta cinco factores concretos: la meta de inflación del año siguiente fijada por el Banco de la República, la productividad acordada por el comité tripartito coordinado por el Ministerio del Trabajo, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC).
Según la demanda, el Decreto 1469 de 2025 no cumplió con esa exigencia. Aunque el texto del decreto menciona los indicadores previstos en la Ley 278, el escrito sostiene que el Gobierno no explicó cómo estos factores confluyeron ni cuál fue el peso real de cada uno en la determinación del aumento del salario mínimo para este año.
El documento detalla que, al momento de la fijación del salario mínimo, los indicadores disponibles eran los siguiente: una meta de inflación del 3%, una productividad del 91%, una contribución de los salario al ingreso nacional del 2,81 %, un crecimiento del PIB del 3,6 % y un IPC del 5,3 %.
En conjunto, esos factores sumarían un 15,62%, una cifra que, según la demanda, se aleja de manera significativa del incremento del 23% decretado por el Gobierno.









