Este viernes, el Consejo de Estado falló en contra del decreto de salario mínimo expedido por el Gobierno Nacional en diciembre del año pasado y que incrementaba el salario mínimo un 23,7%. Adicional a ello, precisó que el Gobierno deberá nuevamente definir un decreto con otro aumento menor, para proteger la economía y el poder adquisitivo de los trabajadores.
Tras las medidas, se han levantado muchas dudas respecto a cómo regirá este aumento y qué otros puntos se afectarán tras la decisión tomada por el alto tribunal. Una de las que muchos se preguntan es respecto al pago de las cesantías.

Esto debido a que los empleadores deben consignar en las cuentas de los fondos de cesantías los dineros correspondientes a este rubro. Aunque los dineros consignados corresponden al salario devengado el año pasado, muchos se preguntan si algo cambia con la decisión del Consejo de Estado.

SEMANA habló con José Manuel Restrepo, rector de la EIA y exministro de Hacienda, quien aseguró que aún no se verá ningún efecto con la decisión del alto tribunal, hasta que no se conozca una decisión sobre el nuevo salario.
“El pago de cesantías de 2026 tiene que hacerse hasta este momento con base en el aumento del 23,7%. En la medida que el Gobierno cumpla con el decreto, no habrá ningún impacto para los trabajadores. Las cesantías se harán en este porcentaje para los trabajadores que recibieron dicho aumento”, precisó.

Es decir, las cesantías en Colombia se liquidan con base en el salario devengado por el trabajador al momento de su causación. Es decir, si el salario mínimo fue aplicado y pagado mientras la norma estuvo en vigencia, dichos valores deben hacer parte del cálculo para la prestación social. Al consignar las cesantías de 2026, que se harán en febrero del 2027, los trabajadores verán reflejado este valor en el mes de enero.

Esto sucederá de la misma manera con los aportes a salud, pensión y riesgos laborales. Mientras se expide el nuevo decreto, el valor será el mismo.

