Educación

Subirán los precios de los colegios privados en Colombia en 2026; así puede calcular el nuevo monto a pagar

Aliste el bolsillo con el cálculo que estableció el Ministerio de Educación.

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25 de octubre de 2025 a las 10:08 p. m.
Tenga en cuenta el aumento que se daría en los precios para el próximo año.
Tenga en cuenta el aumento que se daría en los precios para el próximo año. Foto: Getty Images

En Colombia existen dos modalidades de educación en los colegios: privada y pública, un modelo que es similar en otros países de la región y que beneficia a miles de personas. Quienes no pueden costear un colegio privado, optan por uno público. Y al contrario, quienes buscan mayor calidad o acceso a diferentes herramientas, optan por uno privado de acuerdo a su presupuesto.

Sin embargo, estos últimos, los colegios privados, deben costear matrículas y pensión mensual, además de otros costos que normalmente tienden a subir cada año con la inflación o el salario mínimo.

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El Ministerio ya definió los nuevos aumentos. Foto: Alcaldía de Bogotá

Recientemente, el Ministerio de Educación Nacional publicó la Resolución número 019805 del 30 de septiembre de 2025, que define lo que podrán aumentar en 2026 las matrículas, pensiones y demás cobros en los colegios privados del país.

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La base para incrementar el precio de las matrículas es el IPC interanual de los últimos 12 meses, con corte al mes de agosto, que se encuentra en 5,10 %.

Es decir, a partir de este valor los colegios podrán sumar puntos adicionales, de acuerdo a puntos como la calidad institucional, niveles de permanencia escolar, reconocimiento salarial a maestros, entre otros.

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Los colegios privados tienen la potestad de definir sus aumentos. Foto: Getty Images

Los aumentos para 2026 estarán entre el 5,26 % y un tope máximo de 9,1 %. Sin embargo, para establecer el aumento, los colegios deberán evaluar dos factores:

  • Resultado de la autoevaluación: los establecimientos educativos se clasifican en uno de los regímenes de tarifas establecidos en la Ley: regulado, vigilado o controlado; que deben reportarse en el Sistema de Información de Evaluación Institucional (EVI).
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  • Índice de permanencia en los establecimientos educativos privados: “permite medir el número de estudiantes que permanecen matriculados en el establecimiento en un periodo determinado, promoviendo estrategias pedagógicas y didácticas que disminuyan la tasa de deserción y pérdida académica; aportando al cumplimiento de las trayectorias educativas completas, de una manera integral”. la construcción del índice se encuentra asociada a los siguientes indicadores:

Estos serían los aumentos determinados

  • Régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad: hasta 8,93 %
  • Régimen de libertad regulada por aplicación del Manual de Autoevaluación: hasta 8,76 %
  • Régimen de Libertad Vigilada: hasta 8,59 %
  • Régimen controlado: hasta 7,93 %
Remodelación de la sede Fernando de Aragón de la institución Educativa Evaristo García. Varios colegios públicos de Cali están en procesos de remodelación.
Tenga en cuenta los porcentajes. Foto: Bernardo Peña/El País

“El Ministerio recuerda que los colegios en régimen controlado deberán presentar planes de mejoramiento. También reitera que las instituciones educativas no pueden exigir marcas o proveedores específicos en materiales, útiles escolares y uniformes, y que las listas deben ser aprobadas por el Consejo Directivo y reportadas en la plataforma EVI“, indica la cartera en su comunicado.