Nación

Con tutela buscan tumbar fallo que suspendió provisionalmente el aumento del salario mínimo

El Consejo de Estado admitió una demanda contra la decisión que tomaron magistrados de la Sección Segunda.

GoogleSiga las noticias que marcan la agenda del país en Discover y manténgase al día

13 de marzo de 2026, 10:56 a. m.
El Consejo de Estado rechazó una medida provisional que pretendía dejar sin efectos la suspensión del decreto.
El Consejo de Estado rechazó una medida provisional que pretendía dejar sin efectos la suspensión del decreto. Foto: NICOLAS LINARES

José del Carmen Cuesta Novoa, un ciudadano que asumió la defensa de los trabajadores colombianos que ganan un salario mínimo legal, interpuso una tutela contra la suspensión provisional del decreto que aumentó ese concepto, una orden judicial que salió desde la Sección Segunda del Consejo de Estado.

Cuesta Novoa argumentó que el recurso busca proteger sus derechos fundamentales al mínimo vital, al debido proceso, a la igualdad y al trabajo, pues consideró que la providencia que suspendió temporalmente los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 transgredió varias garantías constitucionales.

Consejo de Estado suspende provisionalmente el decreto de aumento del salario mínimo

La Sección Quinta del Consejo de Estado revisó la tutela y decidió admitirla para estudio después de concluir que es competente para conocer la iniciativa, por cuanto la autoridad accionada es otra Sección de la Corporación; en ese caso, la Sección Segunda, Subsección A.

Ahora esa subvención deberá entregar copia completa del auto que declaró la nulidad provisional del decreto que aumentó el salario mínimo legal vigente en un 23 %. Con esa resolución fue que el Gobierno Petro dejó ese pago en dos millones de pesos, sumado al auxilio de transporte.

Milton Chaves y Luis Alberto Álvarez, presidente y vicepresidente del Consejo de Estado
Instalaciones del Consejo de Estado en el centro de Bogotá. Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

Aunque el Consejo de Estado admitió la tutela, rechazó de plano una medida provisional que pretendía suspender de inmediato la orden que dejó sin efectos el aumento del salario decretado por el Gobierno nacional.

El alto tribunal explicó que esa petición “no es procedente” porque el demandante no justificó por qué la intervención del juez constitucional resulta urgente y necesaria para suspender la decisión judicial cuestionada, evitando un perjuicio a los derechos fundamentales que —cree— se están vulnerando.

El pasado 13 de febrero, los magistrados de la Subsección A, de la Sección Segunda del Consejo de Estado, suspendieron el aumento del salario mínimo y le ordenaron al Gobierno Petro que publicara un nuevo decreto transitorio que determinara el porcentaje del incremento de ese pago para 2026 y el valor que quedaría hasta que se tome una decisión de fondo.

YouTube video t5AMXd2tSOA thumbnail

Esa decisión provocó una respuesta del presidente Petro, quien aseguró que el “decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él”, y aunque dijo que respetaba la decisión, insistió en que “el decreto transitorio del magistrado, mientras se resuelve de fondo en el Consejo de Estado, seguirá las órdenes de la Constitución”.

Por ahora, el Consejo de Estado sigue estudiando y analizando de fondo cuál será el futuro que le depara al decreto que aumentó en 23 % el salario mínimo legal en Colombia.