Gustavo Petro le cumplió al Consejo de Estado. Antes de que se venciera el plazo de ocho días calendario que le había dado el alto tribunal para presentar un decreto transitorio que incluyera la justificación económica del aumento del mínimo, el primer mandatario presentó el documento ante las miles de personas que lo acompañaron en la Plaza de Bolívar.
“Ahora tenemos el nuevo decreto del salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026, no quise sobrepasarme; es el mismo que decretamos en diciembre del año 2025. No lo echamos para atrás y se entrega al Consejo de Estado cumpliendo sus órdenes y acatando”, dijo.

El primer mandatario enfatizó en que, ahora sí, el Gobierno tiene “los estudios técnicos y científicos de la economía clásica en Colombia, obedeciendo la Constitución Nacional en su orden de salario vital”.
El decreto transitorio
El documento presentado por el Gobierno recoge los argumentos que el presidente Petro y sus minitros del Trabajo, Antonio Sanguino, y de Hacienda, Germán Ávila, le presentaron al país esta semana.

Uno de ellos es que el salario mínimo hoy se entiende como “móvil”. Según el documento, se trata de una aplicación del artículo 53 de la Constitución Política. “Desde esta perspectiva constitucional, el salario vital se entiende como una expresión del contenido material del principio de remuneración mínima, en cuanto alude a la suficiencia del ingreso laboral para contribuir a la garantía de condiciones de vida dignas del trabajador y de su núcleo familiar, en coherencia con los fines del Estado social de derecho y con el deber de protección efectiva del trabajo como derecho y obligación social”, asegura el decreto.
El presidente Petro anunció la expedición del nuevo decreto del salario mínimo y ratificó que el aumento será de 23,7%: “No echamos para atrás”. https://t.co/if1kX8q65f pic.twitter.com/bAFBTfUgZf
— Revista Semana (@RevistaSemana) February 20, 2026
“El salario mínimo debe ser no solo vital, sino también móvil, lo que implica su ajuste periódico en función de las variaciones económicas y sociales que inciden en el poder adquisitivo de las personas trabajadoras, de manera que la remuneración conserve su capacidad real para garantizar condiciones de vida digna”, agrega el decreto.
Así, el Gobierno asegura que el incremento del salario “atiende a la necesidad de preservar la suficiencia material del ingreso laboral frente a la evolución de variables como la inflación, la productividad, la contribución de salarios al ingreso nacional, el crecimiento económico, la canasta vital, la conformación de miembros por hogar y el comportamiento general de la economía, en armonía con los principios de justicia social y progresividad de los derechos laborales”.
La justificación del Gobierno apunta a que no solo son los factores económicos los que deben primar en la tasación del aumento del mínimo. “La fijación del salario mínimo no solo responde a criterios económicos, sino también a la necesidad de armonizar la libertad de empresa con la justicia social y la equidad en la distribución de los beneficios del desarrollo, de modo que la actividad productiva se oriente a la generación de valor económico compatible con la protección del trabajo humano y la realización efectiva del Estado social de derecho”, detalla.

El Consejo de Estado le había pedido al Gobierno Petro una justificación sobre los criterios que había tomado para llegar al monto del aumento. Le pidió también tener en cuenta los indicadores de la economía para soportar ese monto. Es decir, el alto tribunal le dio ocho días al Gobierno para que explicara cómo, con una inflación de 5,10 % en 2025, una meta de inflación de 3 %, una productividad de 0,91 % y un crecimiento económico que no supera el 3 %, el salario mínimo subió 23 % en 2026.
El ejercicio no era sencillo, pues las cuentas no dan a simple vista, pero la Casa de Nariño —con su interpretación sobre el concepto “móvil”— encontró su propia fórmula. Aseguró, por ejemplo, que en el ámbito macroeconómico se observa una desaceleración significativa de la inflación, “la cual pasó de trece coma tres por ciento (13,3 %) a finales de 2022 a cinco coma uno por ciento (5,1%) en 2025, acompañada de un crecimiento económico de tres coma sesenta y cinco por ciento (3,65 %) al tercer trimestre de 2025, superior al promedio de los países de la Ocde”.
En materia de empleo, por ejemplo, dice lo siguiente: “Se destaca la reducción sostenida de la tasa de desempleo (desocupación) que pasó de 10,3 % en diciembre de 2022 a 8,0 % en diciembre de 2025, siendo la cifra más baja para ese mes desde 2001; así como la generación de cerca de 791 mil empleos en el último año, con avances en formalidad laboral y efectos positivos en la reducción de la pobreza monetaria, lo que evidencia un entorno laboral más dinámico y consistente con los objetivos de inclusión y crecimiento. Lo anterior, se ha traducido en la generación de 2,2 millones de empleos desde 2022, superando la meta fijada en el Plan Nacional de Desarrollo (1,7 millones)”.

El decreto desarrolla más criterios económicos para llegar a la conclusión de que acertó con la cifra. Y mantiene el incremento del 23,7 %.
Pese a que de fondo muchos expertos no están de acuerdo con esos argumentos, en el país hubo un consenso de que había una realidad consolidada y que no era conveniente modificar el 23,7 % hasta que el Consejo de Estado tomara una decisión de fondo.
