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Consulta popular: niegan demandas que buscaban anular las votaciones que hundieron la iniciativa

El Consejo de Estado le dio la razón al Senado de la República.

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20 de marzo de 2026, 11:32 a. m.
Marcha a favor de la consulta popular y de las reformas del gobierno del presidente Gustavo Petro
Marcha a favor de la consulta popular y de las reformas del gobierno del presidente Gustavo Petro Foto: ESTEBAN VEGA LA-ROTTA / SEMANA

La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las demandas que pretendían anular la votación de la sesión plenaria del 14 de mayo de 2025, por medio de la cual el Senado de la República hundió la consulta popular, promovida por el gobierno del presidente Gustavo Petro.

Corte Constitucional se inhibió de estudiar el “decretazo” de la consulta popular

En el fallo firmado por los cuatro magistrados de la Sección Quinta se concluyó “negar las pretensiones de las demandas, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia (...) En firme esta sentencia, archívese el expediente".

Los demandantes alegaban que dicha votación que hundió la consulta popular tuvo múltiples irregularidades procedimentales como discrepancias entre los senadores presentes y los votos depositados, afectaciones al derecho al voto de algunos legisladores, la modificación del voto del congresista Edgar Díaz Contreras y la falta de lectura de la proposición después de la votación, entre otros argumentos.

La oposición sorprendió y logró superar por dos votos al Gobierno, hundiendo la consulta popular en la plenaria del Senado.
La oposición sorprendió y logró superar por dos votos al Gobierno, hundiendo la consulta popular en la plenaria del Senado. Foto: colprensa

Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó tras analizar todas las pruebas que ninguno de los cargos prospero: “I) la diferencia entre senadores presentes y votos depositados obedeció al retiro voluntario de uno de aquellos; II) no hubo explicación ni modificación del voto del senador Díaz Contreras; III) la solicitud de concepto previo no constituía una proposición, con todo, la votación cumplió con los principios de publicidad y conocimiento”.

La Sección Quinta terminó dejándole la validez al acto por el que el Senado negó el concepto previo favorable a la consulta popular que pretendía realizar el gobierno del presidente Gustavo Petro y se negaron todas las pretensiones que buscaban las demandas.

Este proceso también llegó a la Corte Constitucional para revisar qué tan viable era esa iniciativa del Ejecutivo, pero la sala Plena evitó hacer un pronunciamiento de fondo después de que el Gobierno nacional ordenó suspender los efectos del llamado “decretazo”.

La Procuraduría le solicitó a la Corte que no estudiara este caso, al considerar que el 20 de junio de 2025, el Ejecutivo oficializó la derogatoria de dicho acto administrativo, un documento que llegó firmado por el procurador general, Gregorio Eljach.

“Tampoco existe objeto material sobre el cual pueda recaer un virtual pronunciamiento de dicha Corporación, por cuanto esta ‘es competente para adelantar el juicio de constitucionalidad sobre normas que se encuentran vigentes o que, si no lo están, se encuentren produciendo efectos jurídicos o tengan el potencial de entrar en vigor’”, argumentó el jefe del Ministerio Público.

El Consejo de Estado terminó dándole la razón al Senado de la República y negó las solicitudes que pretendían anular la votación que se hizo en mayo del año pasado, para hundir la polémica consulta popular por decreto.