“La autonomía universitaria no es un mecanismo para desplazar la presunción de legalidad”, señaló el Tribunal de Bogotá, en la decisión que regresó al cargo de rector de la Universidad Nacional, José Ismael Peña. El alto tribunal advierte que hay límites para las universidades y esa potestad que se creía superior.
El Tribunal advirtió que en este caso se abordó la competencia y alcance de la llamada autonomía universitaria, que fue parte del argumento para mantener por fuera del cargo al rector Peña. Los magistrados explican que esa autonomía no es un superpoder en las universidades, tanto como para creer que pueden ignorar otras normas superiores.
“De otra parte, si bien la autonomía universitaria otorga a la Universidad facultades de autoorganización, dicha autonomía no habilita a desconocer un acto administrativo vigente ni a neutralizar sus efectos por vía de actuaciones posteriores que no sustituyen el control judicial”, dijo el Tribunal.
Advierten los magistrados que la autonomía universitaria no puede utilizarse como herramienta para afectar otros derechos, como la presunción de legalidad, que para el caso del rector José Ismael Peña estaba activo. De esta manera se frena la posibilidad que se atribuye a esa autonomía como un marco rector en las instituciones universitarias y en contravía de otras normas.
“En consecuencia, la autonomía no puede convertirse en un mecanismo para desplazar la presunción de legalidad de un acto que permanece vigente. En este contexto, la Sala concluye que la sentencia de primera instancia incurrió en error al considerar que no se vulneraron los derechos fundamentales invocados por José Ismael Peña Reyes”, explicó la decisión del Tribunal.
Para el Tribunal fue fundamental considerar la afectación de derechos fundamentales de quien instauró la tutela; por tanto, con una orden perentoria, le advirtieron al consejo directivo de la Universidad Nacional que tenía que regresar al cargo de rector a José Ismael Peña en el curso de 48 horas luego de notificada la decisión.
“En consecuencia, se revocará la decisión de primera instancia, y se considera el amparo solicitado, ordenando al Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio del cargo por parte del accionante, conforme al acto de elección contenido en el Acta 5 del 21 de marzo de 2024”, dijo el Tribunal.

Peña fue retirado del cargo de rector tras una decisión del Consejo de Estado que motivó varias acciones de tutela, algunas a favor del entonces rector, otras con resultados que mantenían en vilo su permanencia en el cargo hasta ahora que, luego de una discusión y analizar las decisiones tomadas en primera instancia, el Tribunal le dio la razón.
