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Este es el Día D para la entrada en marcha del nuevo sistema pensional por orden de la Corte Constitucional

La reforma pensional entrará en vigencia después de que el Congreso corrija nueve vicios de trámite.

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26 de agosto de 2026 a las 9:13 a. m.
El Congreso de la República tendrá 30 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia para corregir los nueve artículos de la reforma que siguen con vicios de trámite.
El Congreso de la República tendrá 30 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia para corregir los nueve artículos de la reforma que siguen con vicios de trámite. Foto: Getty Images/iStockphoto

La Sala Plena de la Corte Constitucional confirmó la fecha en que entrará en vigencia el nuevo sistema pensional en Colombia, después de que avalara gran parte de la ley que impulsó el gobierno Petro y aprobó el Congreso de la República; sin embargo, nueve artículos tendrán que ser corregidos antes de esa fecha.

En el fallo que avaló gran parte de la reforma pensional de Petro y devolvió algunos puntos al Congreso por aparentes vicios de trámite, la Corte también fijó la fecha en que entrará en marcha la nueva ley en Colombia.

Corte Constitucional avala gran parte de la reforma pensional de Petro, pero devuelve varios artículos al Congreso

En el documento, el alto tribunal confirmó “declarar la exequibilidad del artículo 94 de la Ley 2381 de 2024, en el entendido de que las disposiciones declaradas exequibles en el resolutivo primero entrarán en vigencia a partir del 1.° de abril de 2027”.

El gobierno del expresidente Gustavo Petro pretendía que este nuevo sistema pensional entrara en vigencia el pasado 1.° de julio de 2025, pero esos efectos quedaron suspendidos por la demanda que avanzó dentro de la Corte Constitucional por más de dos años.

La Corte Constitucional aclaró que tanto el aval como la entrada en vigencia de los artículos que ordenó devolver estarán “condicionados al procedimiento de subsanación”; es decir, hasta que el Congreso de la República no corrija los vicios de trámite, la reforma seguirá en el limbo.

Sin embargo, la Cámara de Representantes solo podrá corregir los nueve artículos que devolvió la Corte hasta que se expida la sentencia de este proceso, con el fin de evitar que se presenten nuevas situaciones en medio de las correcciones que hizo el legislativo en una primera oportunidad el año pasado.

La decisión extendió la suspensión de los términos para tramitar los procesos que cursen ante la Corte por demandas contra la reforma hasta el próximo 1.° de abril de 2027, el mismo día en que entraría en vigencia el nuevo sistema pensional en Colombia.

“No necesitamos ni aplausos ni aprobación de quien en un momento determinado está en el poder”, señaló la presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses Mosquera, quien dijo una de las frases más contundentes del encuentro: “Lo que no se puede hacer en una democracia real es desconocer la palabra del juez”.
Paola Meneses, magistrada ponente de la reforma pensional y presidenta de la Corte Constitucional. Foto: ALEJANDRO ACOSTA-SEMANA

El Congreso de la República tendrá 30 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia para corregir los nueve artículos de la reforma que siguen con vicios de trámite, según la Corte Constitucional.