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Alcaldesa Claudia López y la secretaria de Planeación, María Mercedes Jaramillo, expidiendo el POT por decreto.
Alcaldesa Claudia López y la secretaria de Planeación, María Mercedes Jaramillo, expidiendo el POT por decreto. | Foto: Alcaldía de Bogotá

Bogotá

Exclusivo: magistrada con una hija en la Secretaría de Planeación definirá el futuro del POT de Claudia López

Se trata de la magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Claudia Elizabeth Lozzi, quien tiene a su hija Sabrina Borras Lozzi trabajando en la misma Secretaría que elaboró y estructuró el POT.

24 de agosto de 2022

El futuro del Plan de Ordenamiento Territorial que la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, expidió por medio del Decreto 555 en diciembre de 2021, y el cual fue demandado por el hoy senador de la República Miguel Uribe Turbay, está en las manos de una magistrada que tiene a una hija trabajando en la Secretaría Distrital de Planeación, la misma entidad que elaboró el POT y lo ha defendido a capa y espada.

Se trata de la magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Claudia Elizabeth Lozzi Moreno, quien es la madre de Sabrina Borras Lozzi, una contratista que ha venido ejerciendo funciones en la Secretaría de Planeación desde 2021.

El primer contrato de prestación de servicios de Borras Lozzi fue firmado el 26 de noviembre de 2021 por 1,5 meses por un valor de 12 millones de pesos. Ya en enero de 2022, Borras firmó otro contrato con la Secretaría de Planeación, esta vez por 11 meses, por un valor de 88 millones de pesos, es decir, con una asignación mensual de ocho millones.

El objeto del contrato de la hija de la magistrada es el de prestar servicios profesionales de apoyo a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, en el análisis de la viabilidad técnica y normativa, generando actos administrativos y conceptos técnicos, para la localización e implantación de proyectos de uso dotacional y/o comercial, en el marco de la viabilización de hectáreas netas urbanizables de suelo y las decisiones urbanísticas y actuaciones administrativas.

Por este contrato de su hija con la Secretaría de Planeación, la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi presentó ante sus compañeros de la Sección Primera, los magistrados Felipe Alirio Solarte y Luis Manuel Lasso, un impedimento para participar de la decisión del POT, pero este impedimento le fue negado.

Los magistrados Solarte y Lasso argumentan que si bien la hija de la magistrada Lozzi resulta ser contratista adscrita a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, dependencia adscrita a la Subdirección de Planeación Territorial de la Secretaría de Planeación, no se advierte que la misma hubiese intervenido o tenido injerencia en la expedición del decreto del POT.

Los magistrados agregaron que tampoco se ha probado que la hija de la magistrada hubiese participado como contratista en la formulación del proyecto del POT o en la elaboración del documento adoptado como Decreto 555 de 2022.

Contrato de Sabrina Borras Lozzi con la Secretaría de Planeación.
Contrato de Sabrina Borras Lozzi con la Secretaría de Planeación. | Foto: Cortesía a SEMANA

El contrato de Sabrina Borras aún está vigente en la Secretaría de Planeación, la misma entidad que fue demandada por Miguel Uribe en su acción de nulidad. La magistrada Lozzi será una de las encargadas de definir el futuro del POT que presentó ante el Concejo de Bogotá la jefa de su hija, la secretaria María Mercedes Jaramillo.

El pasado 15 de junio, el juez quinto municipal de Bogotá, Samuel Palacios Oviedo, aceptó estudiar una demanda de nulidad que interpuso en mayo pasado el senador Miguel Uribe en contra del POT de la alcaldesa López.

Pero al mismo tiempo que solicitó la nulidad total, Uribe también pidió suspender de manera provisional los efectos del POT, mientras el juzgado toma una decisión de fondo. Esa suspensión provisional fue aceptada y ordenada por el juez.

Tras conocerse la noticia de la suspensión provisional, la Alcaldía de Bogotá decidió apelar en segunda instancia el fallo del juez ante el Tribunal Superior de Cundinamarca y esa apelación es la que hoy está en manos de los magistrados Lozzi, Solarte y Lasso. Los tres deben adoptar la decisión del tribunal.

La demanda de Miguel Uribe se basó en el hecho de que, por las recusaciones e impedimentos que se presentaron en contra de los concejales de Bogotá en el trámite del POT, no se cumplieron los 90 días que la ley le da como plazo al cabildo distrital para pronunciarse positiva o negativamente frente a la iniciativa.

“El Plan de Ordenamiento Territorial de Claudia López fue expedido ilegal y arbitrariamente. Como lo advertí, la estrategia de la administración de promover una avalancha de recusaciones en los concejales para desviar y distraer el debate de fondo y autohabilitarse para expedirlo por decreto, no les funcionó”, señaló Uribe en su momento.

El argumento de Uribe se explica en que el POT se radicó en el Concejo de Bogotá el día 10 de septiembre de 2021 y durante los 90 días, calendario comprendido entre el 10 de septiembre y el 8 de diciembre, se presentaron 92 impedimentos, 66 recusaciones y un desistimiento.

De esta manera, Uribe adujo que desde que se presentó cada impedimento o recusación hasta tanto fueron resueltos en sesión plenaria de la corporación, el trámite de la actuación administrativa que se debía adelantar en el Concejo de Bogotá para aprobar o negar el proyecto, estuvo suspendido por un total de 48 días.

El juzgado le dio la razón a Miguel Uribe y afirmó de manera tajante que debe entenderse suspendido el término de los 90 días con el que cuenta el Concejo Distrital para hacer las revisiones y ajustes del caso al POT hasta tanto sean resueltos los impedimentos y recusaciones que hayan sido formulados.