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Gobierno De La Espriella impugna fallo que suspendió el plan piloto de aspersión con glufosinato en Putumayo

La sentencia la emitió la jueza segunda administrativa de Mocoa el pasado 22 de septiembre.

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25 de septiembre de 2026 a las 11:05 a. m.
El Ministerio de Justicia acudió a la impugnación a través de cinco cargos contra la decisión.
El Ministerio de Justicia acudió a la impugnación a través de cinco cargos contra la decisión. Foto: Archivo Semana

El Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella, a través del Ministerio de Justicia, impugnó el fallo que suspendió el plan piloto de aspersión aérea autorizado mediante la resolución 007 de 2026.

El gabinete liderado por Iván Cancino, por medio de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Estupefacientes, presentó ese recurso para refutar la sentencia que el pasado 22 de septiembre emitió la jueza segunda administrativa del circuito de Mocoa.

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El fallo de primera instancia acogió los argumentos que presentaron varios accionantes por medio de tutelas, en las que se destacó el principio de precaución ante la incertidumbre científica que podrían generar los efectos detrás del herbicida conocido como glufosinato de amonio.

Los argumentos del Gobierno

El Ministerio de Justicia acudió a la impugnación a través de cinco cargos contra la decisión: uso excesivo del principio de precaución, generalización indebida de precedentes, confusión entre requisitos pendientes, orden imprecisa y falta de subsidiariedad.

La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Estupefacientes, dependencia del MinJusticia, explicó en el recurso que el uso excesivo del principio de precaución se habría dado cuando la jueza “no verificó” los criterios de la Corte Constitucional frente a ese principio. El documento habla de “precaución extrema” que la jurisprudencia ha rechazado.

El documento también expone que la generalización indebida de precedentes se habría dado al trasladar de manera automática las reglas fijadas para el glifosato, pese a que el plan piloto experimental que prepara el Gobierno De La Espriella utiliza otra sustancia completamente distinta.

El Ministerio de Justicia también señaló que el piloto aún no ha iniciado debido a los trámites administrativos previos, por lo que se podrían haber confundido los requisitos pendientes con los incumplidos.

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El recurso también cuestionó que el fallo del Juzgado de Mocoa no especifique qué debe acreditarse exactamente para levantar dicha suspensión. Así mismo, sostuvo que no se acreditó una amenaza inminente o un perjuicio irremediable durante su implementación.

Esos fueron los argumentos que presentó el Gobierno De La Espriella en el recurso, mediante el cual le pide a un juez de segunda instancia que revoque el fallo, declare improcedentes las tutelas y precise las condiciones y plazos para levantar la suspensión del plan piloto para reactivar la aspersión contra los cultivos ilícitos en Colombia.