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Marta Lucía Ramírez vicepresidenta y canciller de Colombia reunión CIDH
Marta Lucía Ramírez, vicepresidenta y canciller de Colombia en reunión con la CIDH | Foto: Vicepresidencia

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Gobierno Duque alertó que la CIDH incluyó litigio Petro vs. Colombia en informe que era solo de manifestaciones

Por medio de un comunicado oficial el Gobierno nacional expresó su extrañeza por temas que abordó la CIDH ajenos a la naturaleza de la visita que hizo en Colombia.

7 de julio de 2021

El Gobierno nacional respondió de manera oficial a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por medio de un comunicado al informe que publicó ese organismo internacional sobre la misión que adelantó en Colombia en medio de las protestas por el paro nacional.

Con extrañeza, el Ministerio de Relaciones Exteriores en cabeza de la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez, alertó que en el documento de la CIDH se incluyeron temas ajenos a la naturaleza de la observación del cumplimento de los derechos humanos por parte del Estado en medio de las movilizaciones sociales.

Quizá el punto que llamó más la atención del Gobierno nacional fue que la CIDH abordara el litigio que adelantó en contra de Colombia el senador Gustavo Petro y su respectivo cumplimiento de la sentencia emanada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“También se observa con preocupación que, en dicho documento, se mencionen temas que no corresponden al objeto de la visita, y cuya discusión tiene que ver con escenarios distintos, como el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH en el caso ‘Gustavo Petro vs. Colombia’”, dice uno de los apartes de los puntos que respondió el Gobierno colombiano a la CIDH.

Procuraduría pide mantener investidura del congresista Gustavo Petro
Procuraduría pide mantener investidura del congresista Gustavo Petro | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ SÁNCHEZ

Así mismo, la Cancillería colombiana cuestionó fuertemente a la CIDH frente al proceso de implementación de los acuerdos de paz con la extinta guerrilla de las Farc al recordar que esos temas en particular no son facultades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Por ejemplo la implementación del Acuerdo firmado en 2016 con la antigua guerrilla de las FARC –tema sobre el cual la CIDH no tiene facultades–, y el cuestionamiento a la independencia de los poderes públicos y entes de control”, también dice el comunicado del Gobierno nacional.

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El Ministerio de Relaciones Exteriores cuestionó que las cifras presentadas por la CIDH en su documento final no fueron contrastadas y sin mencionar la fuente de donde fueron obtenidas, además rechazó la Cancillería que se hubiera puesto en duda la información de víctimas de los bloqueos en las vías.

Jornada de Paro Nacional en el Centro de Bogotá convocado por el Comité del Paro
marcha manifestación FECODE
Bogota mayo 12 del 2021
Foto Guillermo Torres Reina / Semana
Jornada de Paro Nacional en el Centro de Bogotá convocado por el Comité del Paro mayo 12 del 2021 | Foto: GUILLERMO TORRES REINA

“El Estado colombiano advierte con extrañeza que algunas de las cifras presentadas a lo largo del documento carecen de contrastación, incluso, en ocasiones no se menciona la fuente de donde fueron obtenidas. Sumado a ello, llama la atención que se toman como ciertas las afirmaciones de algunas organizaciones, mientras en otros casos, se pone en duda la información entregada, especialmente por las víctimas de los bloqueos”, dice el gobierno.

Y añadió la Cancillería en su respuesta punto por punto a la CIDH. “Por ejemplo, la muerte de niños por causa de la interrupción del paso de las ambulancias que los trasportaban, en palabras de la Comisión, presuntamente sucedida debido a la falta de atención médica”.

También expresó el Gobierno colombiano “es supremamente delicado que la Comisión sugiera que autoridades impidieron deliberadamente el paso de misiones médicas y ambulancias. El Estado no tiene conocimiento formal, y en caso de comprobarse, debe ser plenamente esclarecido y los responsables sancionado”.

(AP Photo/Fernando Vergara)
(AP Photo/Fernando Vergara) | Foto: AP

“El Gobierno difiere en que los bloqueos (llamados por la CIDH “cortes de ruta”), constituyan en general una forma legítima de manifestación y que sólo en casos concretos el Estado pueda actuar. Aunque Colombia entiende que la interrupción temporal y transitoria de la movilidad puede ser una forma de manifestación pacífica, no es el caso del bloqueo permanente de vías, tipificado en la ley penal colombiana (art. 353A del Código Penal), y el cual es sujeto de sanciones, cuando se lleva a cabo a través de medios ilícitos”.

Subrayó que “como lo demostró Colombia ante la CIDH, los bloqueos ponen en riesgo la vida, salud y subsistencia de los ciudadanos, así como la estabilidad de una Nación, al amenazar la libre movilidad y el suministro de alimentos y medicinas. Se trata de una clara violación de los derechos fundamentales, incluido el artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre libertad de movimiento, del orden público y de la seguridad nacional”.