Por medio de un comunicado, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) informó que la Sala de Amnistía le ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) aplicar suspensión de las inhabilidades registradas contra el firmante Andrés Felipe Ríos Giraldo.
“En la Resolución 084 de este año, la sala precisó que el cumplimiento de las obligaciones ante la Jurisdicción debe ser compatible con el proceso de reincorporación y la participación política, en los términos previstos en la Constitución y en el Acuerdo Final de Paz de 2016″, indicó.

El tribunal de paz precisó que la decisión se adoptó tras analizar la solicitud presentada por el exintegrante de las extintas Farc, en la cual expuso la revocatoria de su inscripción para participar en las elecciones del 2026.
En medio del análisis, la sala constató que en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (Siri) había antecedentes derivados de condenas relacionadas con hechos que fueron cometidos durante el conflicto armado.

“Este hallazgo se produjo a pesar de que al firmante le fue concedido el beneficio de amnistía de iure mediante el Decreto Presidencial 1096 del 27 de junio de 2017, en aplicación de la Ley 1820 de 2016, que prevé la concesión de amnistías exclusivamente frente a delitos políticos y conductas conexas”, señaló.
Por lo mismo, la Sala de Amnistía le pidió al CNE aplicar los efectos jurídicos correspondientes a dicha suspensión, mientras que esta instancia del tribunal de paz resuelve de manera definitiva la situación del exguerrillero.

En ese sentido, explicó que la suspensión de inhabilidades estará vigente hasta que la Sala de Amnistía adopte una decisión definitiva sobre la situación jurídica.

Para esto, se ordenó también la suscripción del acta de régimen de condicionalidad y solicitó copia de los procesos penales reportados en la jurisdicción ordinaria.
“Asimismo, en la decisión, la magistratura advierte que, según lo establecido en el régimen constitucional transicional, las inhabilidades derivadas de este tipo de condenas se encuentran suspendidas por mandato legal”, dice el comunicado.
Por último, la JEP indicó que la sala le pidió a la Procuraduría que actualice la información registrada en el sistema Siri y, además, le ordenó a la Policía Nacional que deje constancia de la suspensión de inhabilidades reportada.










