“Se ordena al Museo Nacional de Colombia que conserve la totalidad de las piezas retiradas de las exposiciones objeto de controversia en condiciones técnicas adecuadas de custodia y conservación”. De esta forma, el Juzgado 24 de Familia de Bogotá, suspendió de manera temporal el retiro de 30 obras de arte y piezas.
Iris Marín, defensora del Pueblo, advirtió por el actuar del Esmad en medio de las manifestaciones en el Museo Nacional. "Se tiende a estigmatizar". https://t.co/f0wz5K9jDc https://t.co/Ce5NA6gUKy
— Revista Semana (@RevistaSemana) October 19, 2026
La medida cautelar se emitió al aceptar una acción de tutela presentada por varios colectivos artísticos y de la comunidad LGBTI, que pidieron proteger varias piezas que habían sido retiradas en días pasados por orden del Gobierno.
En la decisión se le pide al Museo que, en pocas palabras, deje las obras y piezas en su lugar.
“(...) se abstenga de destruirlas, trasladarlas fuera de sus instalaciones, darlas de baja, devolverlas a terceros o alterarlas de cualquier forma mientras se decide de fondo la presente acción; se abstenga igualmente de retirar, desmontar o intervenir otras piezas de las exposiciones por razón de su contenido sin que medien actos administrativos que justifiquen tales decisiones”, indicó el juez.

La decisión cobija obras de arte y piezas relacionadas con a violencia política en Colombia, el movimiento feminista, la comunidad Lgtbiq+ y el Acuerdo de Paz firmado en 2016. Como medida cautelar, ordenó al Ministerio de Cultura no retirar más piezas.
La tutela fue presentada por Gabriel Becerra, representante de la Cámara del Pacto Histórico; los colectivos Lgtbiq+ León Zuleta y Revolución en Rosa.

“Considera este Despacho que las medidas provisionales solicitadas resultan necesarias, urgentes y proporcionales para evitar la consumación de un perjuicio irremediable sobre bienes constitucionalmente protegidos mientras se decide de fondo la presente acción constitucional”, indica el fallo.
En este sentido, se citó un fallo de la Corte Constitucional que reconoció las expresiones artísticas asociadas a procesos de memoria histórica, verdad extrajudicial y reparación simbólica de las víctimas no constituyen simples manifestaciones culturales, sino instrumentos constitucionalmente protegidos para la construcción de memoria colectiva, la dignificación de las víctimas y las garantías de no repetición, al cumplir una función reparadora, pedagógica, democrática, y ha señalado que tales manifestaciones gozan de una protección reforzada, dada su estrecha relación con los derechos fundamentales a la verdad, la memoria histórica, la libertad de expresión artística y la reparación simbólica de las víctimas.

La medida cautelar tendrá efecto hasta que se tome una decisión de fondo.
En la tutela se pidió la protección de los derechos a la memoria histórica, la verdad, la reparación simbólica y la libertad de expresión artística, que se consideraron vulnerados con la decisión de trasladar varias obras.
Las obras protegidas
En la admisión de la tutela, el juzgado pidió que se se conserve el microperforado retirado del jardín en memoria de Miguel Ángel Díaz y se abstenga de intervenir o retirar cualquier otro elemento existente en dicho espacio sin que medien actos administrativos que justifiquen tales decisiones; que preserve integralmente los inventarios, registros de movimiento, guiones museográficos, actas, correos electrónicos, comunicaciones y demás documentos relacionados con el retiro de las piezas y del microperforado.

Con el fin de tomar una decisión de fondo, el despacho le pidió tanto al Ministerio de Cultura como al Museo Nacionalq ue emita un informe detallado que contenga el listado completo de las piezas retirada, “indicando su ubicación actual, estado de conservación y la autoridad o dependencia que dispuso cada uno de los respectivos retiros”.
El juzgado vinculó “de manera circunstancial” al presidente Abelardo de la Espriella “para que proceda a pronunciarse respecto de la acción de tutela, presentando para el efecto las pruebas y documentos que quieran hacer valer, así como las pruebas que la accionante solicita”.
Igualmente, se le pidió al Ministerio de Cultura y a la Secretaria de Cultura de Bogotá que emitan sus respectivos pronunciamientos.
