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La despachada de Eljach en el concepto sobre la pensional: “Algunas bancadas de oposición utilizaron tácticas para bloquear”

El procurador general le propuso a la Corte Constitucional fijar reglas sobre los alcances y límites del derecho de la oposición, las minorías y los parlamentarios independientes.

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23 de abril de 2025 a las 7:18 p. m.
Procurador General, Gregorio Eljach.
Procurador General, Gregorio Eljach. Foto: Procurador General, Gregorio Eljach.

En el concepto que el procurador Gregorio Eljach le envió a la Corte Constitucional sobre la reforma pensional, apareció un curioso cuestionamiento: “¿El obstruccionismo parlamentario merece protección constitucional?”.

Después de esa pregunta, Eljach le propuso al alto tribunal que con el debate y la aprobación de la reforma pensional de Petro en el Congreso, queda una oportunidad “importante” para fijar reglas sobre los alcances y límites de los derechos de la oposición, las minorías y los legisladores independientes.

Pero Eljach fue más allá y propuso que esos parámetros se estipulen en ciertas condiciones: “Cuando acuden a estrategias de obstruccionismo parlamentario para lograr sus propósitos de oponerse a las iniciativas mayoritarias”. En el aire queda el interrogante: ¿la oposición acudió a esas prácticas sobre la reforma pensional de Petro?

De hecho, el propio procurador recordó en ese concepto que a principios de 2024 se desintegró el cuórum del Senado, se levantó una sesión como protesta contra el presidente por algunas declaraciones que hizo y advirtió que esa “dilación” puso en aprietos a la Cámara de Representantes frente a la reforma pensional.

El procurador advirtió: “En el caso bajo análisis hay evidencia notoria de que algunas bancadas de oposición y algunos miembros particulares del Congreso utilizaron intensivamente varias herramientas y tácticas parlamentarias con la finalidad de bloquear la posibilidad de que las mayorías tomaran decisiones”.

Eljach le recordó a la Corte Constitucional que en el pasado ha indicado que el principio democrático de los debates en el Congreso se basa en la aplicación de la regla de las mayorías y el respeto por las minorías y la oposición.

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“En las sentencias C-473 de 2004 (varias veces mencionada en este escrito) y C-332 de 2017, precisó que no le corresponde evaluar la calidad, intensidad o suficiencia de los debates, sino tan solo constatar que se cumpla el estándar constitucional mínimo de existencia de deliberaciones y corrección de las votaciones”, dijo el procurador en el documento de 22 páginas.

Jorge Enrique Ibáñez Najar Presidente de la Corte Constitucional y ponente
Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente de la Corte Constitucional y ponente de la demanda de Paloma Valencia contra la reforma pensional. Foto: esteban vega la-rotta-semana

Pero en su concepto también recordó que la Sentencia C-332 de 2017, la Corte sostuvo que el respeto del principio democrático y el pluralismo políticos, no dan pie para que la oposición pueda ejercer prácticas obstruccionistas que “se conviertan en abusivas”.

Y recalcó: “Si bien estos pronunciamientos son relevantes y pueden servir como puntos de partida de una doctrina constitucional en torno al obstruccionismo parlamentario, lo cierto es que no ha habido pronunciamientos específicos de la Corte sobre el alcance y los límites de esas prácticas de filibusterismo”.

Pese a la despachada del procurador contra lo que sería algunos sectores de oposición, finalmente terminó echando reversa al concepto que envió la exprocuradora Margarita Cabello y le pidió a la Corte Constitucional que declare “exequible” la reforma pensional de Petro.