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Licencia de conducción. Foto: Julián Galán / Semana.
Licencia de conducción. Foto: Julián Galán / Semana. | Foto: Julián Galán / Semana.

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Piden mantener ampliación por dos años de la vigencia de las licencias de conducción

La Procuraduría envió concepto a la Corte Constitucional señalando que se trata de una norma derivada de la dinámica legislativa que no se separa o aparta del objeto de la ley.

18 de marzo de 2022

Por la Ley 2161 de 2021, los conductores colombianos cuentan con un plazo adicional de hasta dos años para la renovación de la licencia de conducción, a quienes se les vencía entre el primero y el 31 de enero de 2022.

La procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, envió un concepto a la Corte Constitucional señalando que la norma que amplió la vigencia de las licencias de conducción por dos años, contados a partir del 31 de diciembre de 2021, se ajusta a la Constitución.

En concepto enviado a la Corte Constitucional, la jefe del Ministerio Público señaló que “se trata de una norma derivada de la dinámica legislativa, que no se separa o aparta del objeto de la ley. Además, fue avalada por ambas cámaras luego del trámite de conciliación”. Es decir, pide que no se tumbe la norma.

Precisó que la aprobación de la norma, contenida en la Ley 2161 de 2021, que estableció medidas para promover la adquisición, renovación, y no evasión del SOAT, “se originó en la intención de los congresistas de buscar una fórmula intermedia entre los beneficios para los ciudadanos y la sostenibilidad del Sistema de Seguros Obligatorios de Accidente de Tránsito (SOAT)”.

“Si bien la norma enjuiciada formalmente no fue contemplada en el proyecto inicial, no puede ignorarse su conexidad temática directa con la modificación del Código Nacional de Tránsito Terrestre, dirigida a mejorar la seguridad vial mediante el incentivo de la adquisición de seguros, por medio de alivios en otros costos asociados a la conducción, como los pagos relativos a la renovación de licencia correspondiente”, puntualizo la Procuradora en su concepto.

¿Cada cuánto se renueva la licencia de conducción?

En Colombia hay tres categorías que condicionan el tiempo límite en el que un pase se puede considerar válido para transitar por el país. En el caso de las personas menores a 60 años, la licencia deberá actualizarse cada diez años, mientras que los menores de 80 años deberán renovarla cada cinco años.

Finalmente, los mayores de 80 años que aún conduzcan deberán actualizar su pase cada año para poder verificar que aún cuentan con las aptitudes físicas y mentales para cuidar de su propia vida y la de las demás, mientras se encuentran frente al volante.

¿Cuánto hay que pagar por conducir con licencia vencida?

De acuerdo con las normas emitidas por el Gobierno nacional, en caso de que un agente de tránsito sorprenda a un ciudadano conduciendo con una licencia que ya debería haber sido actualizada, una licencia falsa o sin el porte del documento, el uniformado estará en condición de multar al conductor por un valor que oscila entre los 245.784 y los 908.526 pesos.