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Por orden judicial, en el municipio de Chía (Cundinamarca) no se podrá celebrar más el Día de la Biblia

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la nulidad del acto administrativo.

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27 de agosto de 2026 a las 4:29 p. m.
Foto referencial de Semana Santa en Bogotá.
Foto referencial de Semana Santa en Bogotá. Foto: Catalina Olaya - Colprensa

En fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó en firme la nulidad del acto administrativo que institucionalizó el Día de la Biblia en el municipio de Chía, Cundinamarca.

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En el fallo judicial se reseña que las autoridades públicas del municipio deben mantener la neutralidad frente a las distintas creencias religiosas y garantizar la igualdad entre todas las confesiones.

Esto, al citar la calidad de “Estado laico” que tiene Colombia y que está amparada en la Constitución Política de 1991.

La Sección Primera, con ponencia del magistrado César Giovanni Chaparro Rincón, confirmó la sentencia que declaró la nulidad del Acuerdo 040 de 2013, mediante el cual el municipio de Chía institucionalizó el 30 de septiembre como el Día de la Biblia.

La semana santa es la mejor época para los fabricantes de velas en Cali
La semana santa es la mejor época para los fabricantes de velas en Cali Foto: Bernardo Peña

La Constitución Política de 1991 reconoce expresamente el carácter pluralista del Estado social de derecho como uno de los pilares esenciales del ordenamiento constitucional colombiano y, en tal sentido, consagra como derechos fundamentales, entre otros, el derecho a la igualdad y la libertad de cultos, los cuales garantizan la prohibición de toda forma de discriminación y la facultad de toda persona para profesar, practicar y difundir libremente su religión o creencias, respectivamente”, resalta el fallo.

En este punto, el Tribunal concluyó que la medida desconocía los principios de laicidad, neutralidad estatal, igualdad y pluralismo religioso establecidos en la Constitución Política y protegidos por la Ley 133 de 1994.

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En el debate jurídico, el Tribunal Administrativo explicó que, aunque el municipio argumentó que la celebración buscaba promover valores, convivencia y unidad familiar, la institucionalización de una fecha dedicada a un texto sagrado propio de determinadas confesiones religiosas implicaba una forma de promoción o preferencia estatal frente a una creencia específica.

La decisión recordó que Colombia es un Estado laico y pluralista, por lo que las autoridades deben garantizar la libertad religiosa y relacionarse con las distintas confesiones en condiciones de igualdad, sin favorecer ni privilegiar una religión sobre las demás.

Rionegro, Antioquia
Así se vivió la Semana Santa 2026 en Rionegro, Antioquia Foto: Crédito - Facebook: Alcaldía de Rionegro / API

“Con fundamento en las consideraciones expuestas, la Sala observa que la institucionalización del ‘Día de la Biblia’ mediante el Acuerdo No. 40 de 2013 vulnera las disposiciones constitucionales y legales anteriormente referidas, así como los principios de laicidad, separación entre el Estado y las iglesias y neutralidad religiosa que orientan el ordenamiento jurídico colombiano”, precisa.

“Si bien en el recurso de apelación la autoridad demandada sostiene que el acto acusado no tiene una finalidad religiosa, no pretende favorecer ninguna confesión ni establecer una religión oficial, y que, por el contrario, busca promover la convivencia pacífica a través de la realización de actividades de carácter cultural sin distinción de culto o religión, tales afirmaciones resultan insuficientes para desvirtuar el contenido real de la medida adoptada”, añade el Tribunal.

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