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Por primera vez en Colombia, Corte Constitucional reconoce caso de discriminación por peso. Esta es la historia

La decisión obligó a cambiar la operación del transporte público en el país para personas con sobrepeso u obesidad.

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6 de agosto de 2026 a las 6:55 a. m.
La Corte Constitucional de Colombia acaba de tomar una decisión trascendental.
La Corte Constitucional de Colombia acaba de tomar una decisión trascendental. Foto: Foto: Getty images.

La Corte Constitucional de Colombia acaba de tomar una decisión trascendental. Por primera vez en su historia, reconoció la discriminación por razón de peso como una categoría de protección especial y le dio órdenes al transporte público para que elimine ciertas barreras de acceso.

La decisión se dio después de que Rocío, una mujer con corporalidad diversa, presentó una tutela contra la Secretaría de Tránsito de Armenia, al considerar que ha enfrentado barreras para acceder al sistema de transporte público en la ciudad.

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Esos obstáculos se vieron enmarcados por los torniquetes que actualmente tienen instalados en la parte delantera de los buses del sistema, lo que impedía su ingreso al automotor, y las personas que conducían tampoco autorizaban el uso de la puerta trasera para que ingresara, según la tutela.

Las empresas operadoras del servicio público colectivo indicaron que su labor estaba ajustada a las condiciones técnicas y contractuales que definieron las autoridades locales y la norma de transporte, la cual no cuenta con protocolos para garantizar el acceso de personas con sobrepeso u obesidad.

Todas esas situaciones llevaron a los magistrados de la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional a proteger los derechos a la igualdad, a la libre locomoción, a la dignidad humana y a la prohibición de discriminación que venía sufriendo la mujer.

“No necesitamos ni aplausos ni aprobación de quien en un momento determinado está en el poder”, señaló la presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses Mosquera, quien dijo una de las frases más contundentes del encuentro: “Lo que no se puede hacer en una democracia real es desconocer la palabra del juez”.
Presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses Mosquera. Foto: ALEJANDRO ACOSTA-SEMANA

Los magistrados Paola Meneses, Natalia Ángel Cabo y Miguel Polo Rosero consideraron que era necesario adoptar la categoría “diversidad corporal en razón de peso” o “corporalidades diversas en razón del peso” para referirse a personas que tienen esa condición física.

Por eso consideraron en su decisión: “Al peso corporal se han asociado estereotipos negativos relacionados con lo que se estima saludable, bello y moral, dando lugar a situaciones de discriminación estructural que se encuentran arraigadas en nuestras sociedades”.

La Corte también concluyó que la discriminación hacia las personas en razón de su peso atiende a estereotipos y escenarios distintos a los que sufre una persona en situación de discapacidad, por lo que fue necesario abordar de manera independiente esta categoría, para contribuir a su visualización y a erradicar esta forma de discriminación.

El alto tribunal también recordó en su fallo: “El acceso efectivo al servicio público de transporte es un componente del derecho a la libre locomoción y una condición para la efectividad de otros derechos fundamentales”.

Esa situación obliga al sistema público de transporte a garantizar su accesibilidad y ajustarse a escenarios en los que se presenten casos de discriminación, por lo que es necesario observar ese tipo de casos con “lentes particulares”, como el de género.

Los magistrados reconocieron que este caso evidenciaba una clara discriminación estructural en el diseño del sistema, la omisión y la falta de ajustes razonables para personas con corporalidades diversas en razón del peso.

La Corte Constitucional le hizo un llamado al Ministerio de Transporte para que adopte una política pública en esa materia y le ordenó a las empresas prestadoras de servicio de transporte en Armenia que adopten las medidas para garantizar el ingreso de la accionante a los vehículos y deberán presentar una disculpa privada por los hechos ocurridos.