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Esta política, incluida en el Plan de Ordenamiento Territorial, protege los derechos de los propietarios, arrendadores y sus actividades productivas, con un carácter integrador, social y equitativo. | Foto: Idiger

Bogotá

POT de Bogotá: avanza reglamentación de la política de protección a moradores y actividades productivas

Los moradores podrán permanecer en la misma zona entregando su inmueble a cambio de una vivienda de reemplazo y con un mejor entorno, entre otras opciones.

1 de diciembre de 2022

La Secretaría Distrital del Hábitat inició este 30 de noviembre la segunda fase de la construcción participativa de la reglamentación de la Política de Protección a Moradores y Actividades Productivas en Bogotá.

Esta política, incluida en el Plan de Ordenamiento Territorial, protege los derechos de los propietarios, arrendadores y sus actividades productivas, con un carácter integrador, social y equitativo.

1. Podrán permanecer en la misma zona entregando su inmueble a cambio de una vivienda de reemplazo y con un mejor entorno.

2. Podrán ofrecer su propiedad como inversión.

3. Podrán vender al valor comercial base de su propiedad.

Al respecto, la secretaria del Hábitat, Nadya Rangel, afirmó: “La garantía de estos mínimos de negociación se estableció bajo una lógica “gana – gana”, que protege a la ciudadanía, pero a la vez, permite el desarrollo de las obras que beneficiarán a millones de bogotanos”.

Cabe destacar que esta política aplica para los desarrolladores que vayan a ejecutar proyectos en cuatro tipos de tratamientos urbanísticos: renovación, mejoramiento, conservación y consolidación.

Obligaciones de los desarrolladores

• Los propietarios, poseedores y usufructuarios que aporten el inmueble al proyecto podrán optar por un inmueble de reemplazo en el mismo proyecto. Las condiciones para la construcción y entrega de los inmuebles de reemplazo se calcularán prioritariamente en metros cuadrados construidos, en proporción al valor y/o al área del inmueble aportado.

• Se deberán cuantificar las indemnizaciones que los propietarios deban pagar a los arrendatarios.

• Para propietarios que opten por no permanecer en el proyecto, se deberán adelantar gestiones que permitan su relocalización en condiciones equivalentes de área, habitabilidad y localización.

Obligaciones transitorias

• Pago de arrendamiento para propietarios en el período de desarrollo del proyecto.

• Pago de lucro cesante para las actividades productivas que se vean interrumpidas por el desarrollo del proyecto.

Igualmente, con el objetivo de impulsar a los moradores a vincularse a los proyectos, gracias a sus ventajas se presentan los siguientes incentivos.

• La no obligación de destinar parte del suelo para VIS cuando el 70 % de los propietarios se vinculen al proyecto.

• Congelamiento del estrato socioeconómico para el pago de servicios públicos cuando el predio se encuentre en estratos 1, 2, 3 y 4.

• Límite al crecimiento del impuesto predial.

La protección a los moradores y a las actividades productivas será obligatoria cuando se lleven a cabo instrumentos de planeamiento como: actuaciones estratégicas, planes parciales de renovación urbana, Plan Vecinos y otros tipos de proyectos sin instrumento de planeamiento, como proyectos de renovación urbana sin plan parcial de más de 1.000 m², proyectos de mejoramiento integral de barrios de más de 2.000 m², englobes parciales o totales de manzana en tratamientos de consolidación y conservación.

Para el desarrollo de esta reglamentación se han desarrollado mesas de trabajo interinstitucionales en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación, la Empresa de Renovación Urbana, la Caja de la Vivienda Popular, el Instituto Distrital de Patrimonio, el Instituto de Desarrollo Urbano, la Empresa Metro y la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Dentro de la estrategia de participación desarrollada por la entidad, ya se han realizado diez encuentros con actores estratégicos y, a partir de la fecha, se inicia la fase de trabajo con la ciudadanía y las organizaciones sociales.

Las personas que quieran participar en esta construcción pueden ir a cualquiera de los puntos de los encuentros para los cuales se hará convocatoria anunciando fecha, lugar y hora a través de los canales oficiales de la entidad y medios de comunicación.

1. Kennedy y Bosa: 30 de noviembre de 2022 - 5:30 p.m . a 8:30 p.m. Colegio Distrital Las Américas - Calle 38C Sur-73A-93.

2. Barrios Unidos y Teusaquillo: 3 de diciembre de 2022 - 9:00 a. m. a 12:00 p. m. Colegio Distrital Rafael Bernal Jiménez - Carrera 53 #75-17.

3. Candelaria, Santa Fe y Mártires: 10 de diciembre de 2022 - 9:00 a. m. a 12:00 p. m. Colegio Externado Camilo Torres - Carrera 7 #33 – 64.

4. Usme: 13 de diciembre de 2022 - 5:30 p. m. a 8:30 p. m. Colegio Distrital Paulo Freire - Carrera 11 #65C - 50 Sur.