Videos, testimonios, informes forenses y de laboratorio, y una necropsia llevaron a la Procuraduría General a imponer una sanción de inhabilidad y destitución de 12 años contra el patrullero Gonzalo Moreno, por la muerte del joven Cristián David Castillo de la Ossa, ocurrida el 22 de junio de 2021, en medio de las manifestaciones que se realizaban alrededor del Portal de Suba, en Bogotá.
El fallo inicial dijo que el patrullero Moreno habría disparado un fusil lanzagranadas que golpeó un cartucho de gas contra Castillo de la Ossa, quien estaba pasando por la zona. A pesar de los esfuerzos médicos, el joven falleció a las 12:38 a. m. del 23 de junio.
El análisis forense demostró que el disparo que hizo el entonces uniformado del Esmad se hizo en trayectoria horizontal, cuando esos artefactos se deben utilizar de manera parabólica, lo que descartaría algún tipo de uso accidental del arma.
De hecho, el informe concluyó que tanto las cámaras de seguridad como el capitán Mauricio Patiño, entonces comandante de la Primera Sección del Esmad, confirmaron que la persona que accionó el arma de fuego que impactó al joven fue el patrullero Gonzalo Moreno Gordillo.

Lo grave del informe es que el propio capitán Patiño dejó constancia de que nunca “impartió orden alguna para el uso del fusil lanzagases asignado al servicio”.
Así fue como la Procuraduría calificó su falta como “gravísima dolosa” y lo destituyó e inhabilitó por 12 años para ocupar cargos públicos. El patrullero Gordillo podrá apelar este fallo, que sería revisado por el procurador general en esa instancia.
Manifestante perdió uno de sus ojos
El otro caso que dejó destituido e inhabilitado por 16 años involucra al patrullero de la Policía de Bogotá, Álvaro José Guerra Ríos, quien para la época de los hechos integraba el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).
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— Revista Semana (@RevistaSemana) August 5, 2025
En este hecho, la Procuraduría Distrital de Juzgamiento confirmó que Guerra, en medio de las manifestaciones del 5 de mayo de 2021 en Suba, Bogotá, “se excedió en el uso de sus funciones legales y límites establecidos en la ley” para contener los disturbios en esa localidad.
Esa situación causó heridas serias a dos mujeres durante la intervención del Escuadrón Antidisturbios, pero lo más grave es que una de ellas perdió un ojo.
El fallo de primera instancia contra el patrullero Guerra Ríos también calificó su conducta como “gravísima, a título de dolo”, pues su actuación vulneró los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad de sus funciones.
