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Ultimátum a la fiscal Luz Adriana Camargo para que responda una orden del Tribunal de Bogotá

La jefa del ente acusador tiene pendiente la respuesta a una acción de tutela radicada por una funcionaria de la entidad.

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7 de julio de 2026 a las 6:18 a. m.
La fiscal general, Luz Adriana Camargo.
La fiscal general, Luz Adriana Camargo. Foto: Colprensa

Una fiscal tenía lista una imputación de cargos contra otro fiscal que, de acuerdo con la investigación, presionó a testigos para declarar en contra del expresidente Álvaro Uribe. Las pruebas estaban, el testigo declaró y las evidencias eran sólidas, pero, días antes de la imputación, a la fiscal le quitaron el proceso.

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Ahora es la propia fiscal Luz Adriana Camargo la que tiene un enredo con el Tribunal de Bogotá tras una advertencia con horas de vencimiento, una orden para responder unos reclamos de una funcionaria del ente acusador y que, ni siquiera con una tutela, la fiscal Camargo ha querido responder.

Resulta extraño que quien debe promover el ejemplo del respeto y el acatamiento de las decisiones de la justicia, la fiscal Luz Adriana Camargo, ahora sea quien obliga a la misma justicia a lanzar un ultimátum para responder a algo que estaba sobre la mesa, simple en fondo y forma: acatar una tutela.

El problema está en los argumentos que dejó la Fiscalía en la resolución con la que ordenaron quitarle el proceso a la fiscal que estaba a punto de imputar a su colega. El primero era que existía una duplicidad en la investigación; en otras palabras, que el mismo proceso se estaba investigando en dos fiscalías, dos despachos. El segundo argumento era una supuesta “cantidad” de investigaciones disciplinarias que tenía la fiscal en cuestión.

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La cantidad indeterminada de procesos disciplinarios no existía. Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

La funcionaria afectada logró demostrar que los argumentos usados para sacarla del proceso eran falsos. Ella misma, y bajo el procedimiento legal establecido, unificó los dos procesos que cursaban por estos hechos, es decir, no había duplicidad en la investigación. Además, con certificado en mano, estableció que la cantidad indeterminada de procesos disciplinarios no existía.

Funcionarios de la misma Fiscalía advirtieron que argumentar el cambio de fiscal a partir de investigaciones disciplinarias resulta un despropósito, porque en ese orden de ideas casi todos los fiscales deberían dejar los procesos, pues en muchas oportunidades los procesados acuden a esas quejas disciplinarias para provocar impedimentos en los expedientes.

Tras derrumbar los argumentos expuestos en la resolución de la Fiscalía para quitarle el proceso, la fiscal del caso radicó un derecho de petición al despacho de Luz Adriana Camargo, que fue respondido por el vicefiscal Gilberto Guerrero y que abrió paso a la acción de tutela que ahora tiene la fiscal general ante un desacato.

Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo.
Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo. Foto: Catalina Olaya / Colprensa

“Se advierte a la autoridad requerida que, de no rendir el informe solicitado dentro del término concedido, se dará aplicación a la presunción de veracidad prevista en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991, sin perjuicio de continuar con el trámite incidental correspondiente y de adoptar las decisiones a que haya lugar conforme a los artículos 27 y 52 ibidem”, señaló el Tribunal de Bogotá.

Las 48 horas para que la fiscal Camargo responda arrancaron el pasado viernes. Así las cosas, el tiempo está vencido y solo es cuestión de trámite que se conozca la respuesta o la decisión del Tribunal ante la negativa de la jefa del ente acusador de acatar las órdenes de la justicia que ella misma representa.