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Silvia Gette regresaría a la rectoría de Universidad Autónoma del Caribe: juez declara improcedente tutela de MinEducación

Hay toda una polémica por la rectoría de esta institución de educación superior.

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27 de abril de 2026 a las 1:33 p. m.
Silvia Gette podría llegar a la rectoría de la Universidad Autónoma de Caribe.
Silvia Gette podría llegar a la rectoría de la Universidad Autónoma de Caribe. Foto: Guillermo Torres

Este lunes, 27 de abril, se conoció la decisión del Juzgado Dieciséis Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Barranquilla, tras una tutela interpuesta por el Ministerio de Educación Nacional contra una determinación judicial que favorecía a Silvia Beatriz Gette Ponce para su regreso a la rectoría de la Universidad Autónoma del Caribe.

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En el fallo conocido por SEMANA se lee que la polémica se desató desde el 8 de abril, cuando un juez con funciones de control de garantías ordenó el reintegro de Gette Ponce como rectora y el restablecimiento de sus derechos.

La decisión fue emitida el 24 de abril de 2026 y señala que los hechos tienen origen en esa misma fecha, cuando el juez ordenó el restablecimiento del derecho de Gette Ponce, incluyendo su retorno como rectora en propiedad. Además, dispuso la suspensión de decisiones internas adoptadas desde 2013.

Tras conocerse esta determinación, el Ministerio de Educación Nacional interpuso una tutela en la que sostuvo que hubo una presunta vulneración al debido proceso.

El juez que analizó esta acción determinó que el Ministerio aún cuenta con herramientas judiciales activas, como el recurso de apelación, para controvertir esa decisión, lo que hizo improcedente la intervención del juez de tutela en esta etapa del proceso.

La acción de tutela es improcedente por incumplimiento del requisito de subsidiariedad, toda vez que el accionante cuenta con el recurso de apelación como mecanismo ordinario idóneo y eficaz para la protección del derecho invocado, el cual se encuentra actualmente en trámite ante el superior funcional del juzgado accionado, y no se acreditaron los presupuestos del perjuicio irremediable que habilitarían su uso como mecanismo transitorio”, se lee en el fallo.

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De igual manera, el juez desvirtuó uno de los principales argumentos del Ministerio de Educación, relacionado con los posibles efectos negativos sobre la estabilidad institucional de la universidad.

“Las consecuencias institucionales alegadas —afectación del plan de pagos, riesgo sobre los registros calificados, conflicto de autoridad— son posibles pero hipotéticas, no acreditadas como ciertas e inminentes con el material probatorio que obra en el expediente”, agregó el togado.

Para el juez, aceptar esta tutela sería alterar el funcionamiento del sistema judicial: “Permitir que la acción de tutela opere en este escenario —con el recurso ordinario en pleno trámite— equivaldría a desnaturalizar el sistema de recursos procesales e introducir una vía paralela de impugnación que el constituyente y el legislador no previeron”.

Universidad Autónoma del Caribe
Universidad Autónoma del Caribe. Foto: Universidad Autónoma del Caribe

Asimismo, señaló que es necesario que levanten la medida provisional que había suspendido por la tutela que estaba en curso. Es decir, esta decisión se debe cumplir mientras el Tribunal Superior de Barranquilla resuelve la apelación.

“Levantar la medida provisional (…) que ordenó la suspensión de los efectos de la decisión proferida el 8 de abril de 2026 (…) Los efectos de dicha medida cesarán de manera inmediata a partir de la notificación del presente fallo”, se lee.

La Universidad Autónoma del Caribe continúa bajo vigilancia especial del Estado desde 2018, con una compleja situación en materia económica.