La medida de pico y placa en Cali sigue vigente por 14 horas continuas, de 6:00 a. m. a 8:00 p. m., y tiene una rotación diferente en los dos semestres de este 2023.
Durante el primer semestre del año, la medida funciona así:
- Lunes: 3 y 4.
- Martes: 5 y 6.
- Miércoles: 7 y 8.
- Jueves: 9 y 0.
- Viernes: 1 y 2.
En ese sentido, para este jueves 19 de abril la restricción rige para los vehículos con placas que terminan en 9 y 0.
⚠️#ATENCIÓN⚠️
— Secretaría de Movilidad de Cali (@MovilidadCali) January 14, 2023
🗓️ A partir del próximo lunes 1️⃣6️⃣ de enero regirá la medida de Pico y Placa para vehículos particulares en el distrito especial de Santiago de Cali.#TeQueremosCali💙❤️💚@AlcaldiaDeCali @JorgeIvanOspina @WMVallejo pic.twitter.com/gaIr1MYXSD
“Conforme a la Estrategia Nacional de Movilidad Eléctrica, lanzada en 2019, que busca reducir las afectaciones de salud en la población y dar un paso fundamental en la transformación hacia un país más moderno, que le apueste al uso de combustibles más eficientes y a una movilidad sostenible (Ministerio de Transporte, 2019). Por esta razón, para la modernización del parque automotor y la reducción de emisiones generadas por los vehículos motorizados, se requieren acciones tendientes a fomentar el transporte en bicicleta y a pie”, indica el más reciente decreto n.º 4112.010.020.0019 de 2023.

El decreto establece que la restricción de pico y placa no aplica para los días sábados, domingos y feriados establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca la autoridad competente.

Es importante destacar que durante los periodos comprendidos entre el 3 y el 7 de julio de 2023, la restricción de pico y placa en Cali será de carácter pedagógico. Así como lo fue entre el 16 y el 20 de enero de este año.

Se exceptúan de la restricción establecida los siguientes grupos de vehículos:
- Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
- Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
- Los vehículos oficiales.
- Vehículos de transporte público.
- Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el Acuerdo Municipal n.° 0401 del 2016 o la norma que le modifique.
- Las motocicletas.
“Para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de pico y placa de que trata el presente artículo, debe radicarse solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad del Distrito Especial de Santiago de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el Decreto n° 4112.010.20.497 del 01 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”, señala el decreto.

Cabe destacar que durante la vigencia del presente decreto se realizarán dos jornadas del día sin carro y motocicleta en Cali. Estas jornadas tendrán que ser reglamentadas por la Secretaría de Movilidad, en sinergia con las demás dependencias de la Alcaldía.

