En la ciudad de Medellín, según el decreto expedido por la administración municipal, la medida de pico y placa rige para los vehículos particulares según el último dígito de la matrícula y para las motos con el primero.
En el caso de este miércoles, no pueden circular los carros particulares con placas terminadas en los números 4 y 6, según la nueva rotación, desde las 5:00 a. m. hasta las 8:00 p. m. en jornada continua.
La restricción incluye camperos, motocarros y cuatrimotos y se hará conforme con el último dígito de la placa. Para motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos aplica con el primer número de la placa.
En el Valle de Aburrá, integrado por los municipios de Barbosa, Copacabana, Girardota, Bello, Medellín, Envigado, Itagüí, Sabaneta, La Estrella y Caldas, están exentos de la restricción los vehículos eléctricos, híbridos y a gas.

Quienes incumplan la restricción deben pagar una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que se liquidan en UVT, correspondientes a 580.000 pesos y la inmovilización del automotor.
Los cambios en la aplicación del pico y placa incluyen las siguientes vías:
1) Medellín: sistema vial del río y avenida 33, desde el río hasta su conexión con Las Palmas; avenida Las Palmas; La Iguaná; autopista sur; avenida regional; avenida occidental, y calzada oriente-occidente.
2) Caldas: carrera 50 desde la calle 107 sur hasta la Y de primavera; carrera 45 (ruta nacional 60-la variante) en el área de jurisdicción de Caldas, y calle 134 sur, entre las carreras 45 y 50.
3) La Estrella: carrera 50 (antigua vía a Caldas); carrera 48 (variante a Caldas), y la calle 100 sur, entre las carreras 50 y 48.
4) Sabaneta: avenida regional sur, en su jurisdicción.
5) Envigado: sistema vial del río (regional); doble calzada Las Palmas, jurisdicción del municipio de Envigado; transversal de la montaña desde la vereda el Escobero hacia el oriente; Loma del Escobero, en el tramo comprendido desde la calle 36D sur n.° 22-200 (intersección de la transversal de la montaña con la loma del Escobero) hacia el oriente.

6) Bello: autopista Medellín-Bogotá; avenida regional, y autopista norte, desde la glorieta Niquía hasta límites con Copacabana.
7) Copacabana: autopista norte y autopista Medellín-Bogotá.
8) Girardota: autopista norte y vía antigua al Hatillo.
9) Barbosa: los empalmes con doble calzada Barbosa-Hatillo.
10) Itagüí: autopista sur.

En el caso de los taxis, la variación aplica con base en el último dígito de la placa, con rotación cada dos semanas, entre las 6:00 a. m. y las 8:00 p. m., de lunes a viernes, según el decreto 0045 de 2023 expedido por la Alcaldía de Medellín. En este miércoles, 4 de octubre, la restricción corresponde al número 3.
La medida para este tipo de transporte no establece vías exentas y están autorizados para circular sin pasajeros el día de pico y placa, única y exclusivamente, para reparación o mantenimiento del vehículo. Para ello, el conductor debe instalar un aviso, con letra clara y tamaño visible, en la parte trasera del taxi, en el que se comunique que se dirige a estas actividades.
Los automotores que utilicen gas combustible en alguna de las tipologías establecidas por la Ley 2128 de 2021 estarán exentos y deberán contar con inscripción previa, con excepción de aquellos que usan este combustible de fábrica. Los vehículos eléctricos e híbridos están exentos, siempre y cuando el uso de este combustible esté registrado en la licencia de tránsito.
